Si cierra tu comercializadora: a dónde va tu luz
El Gobierno ha cerrado cincuenta y ocho comercializadoras desde 2019. Si te toca, te traspasan a un comercializador de referencia, y lo elige tu distribuidora.
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- Lo tramitamos nosotrosTú no llamas a nadie
- GratisNos paga la comercializadora
No hay corte de luz y no tienes que firmar nada: el traspaso es automático. Te lleva a uno de los ocho comercializadores de referencia, y el que te toca sale de una cascada de cuatro pasos que empieza por el grupo de tu distribuidora. Allí pagas el PVPC, que cambia cada hora. Puedes salir cuando quieras, y para salir no se pide la baja: se contrata con otra y esa otra lo tramita.
Qué te pasa exactamente cuando cierran tu comercializadora
Son dos cosas distintas y la prensa las mezcla. Una es la sanción y la otra es la caducidad. A ti te afectan igual, pero no significan lo mismo.
- Inhabilitación no es lo mismo que extinciónLa inhabilitación es una sanción del artículo 47.2 de la Ley 24/2013: la empresa incumplió y pierde la habilitación. La extinción es caducidad: lleva seis o doce meses sin comprar energía en el mercado y la habilitación se apaga sola. En 2026 el Ministerio ya no publica un anuncio por empresa, publica listas.
- El traspaso es automático y no lo pides túEl procedimiento lo inicia de oficio el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No tienes que hacer nada, no firmas nada y no hay corte de suministro en ningún momento.
- No eliges a quién te traspasanVa por tu distribuidora, que es la empresa del cable y aparece en tu factura junto al CUPS. No es la que te vendía la luz y no se cambia. La regla está en la tabla de más abajo.
- Mientras tanto pagas el PVPCEl comercializador de referencia solo vende lo que fija el Gobierno. El precio cambia cada hora del día, así que la factura deja de ser previsible. Aquí está cómo funciona el PVPC y aquí el precio de hoy.
- Y hay un plazo que casi nadie miraEl artículo 16.5 del RD 88/2026 da al Ministerio tres meses desde el acuerdo de inicio para dictar y notificar la resolución. Si pasan sin notificar, el procedimiento caduca. Antes de eso hay un trámite de audiencia de diez días para alegaciones.
- Lo que el Ministerio puede hacer mientras decideEl mismo artículo 16 le deja tomar medidas provisionales, y explican por qué una comercializadora en expediente deja de captar gente de golpe: impedirle traspasar sus clientes a otra empresa de su propio grupo, impedir que las distribuidoras tramiten altas a su favor, cortarle el acceso a las bases de datos de puntos de suministro y ordenar que retiren sus ofertas del comparador de la CNMC.
- Y salir es libre desde el primer díaEstar en un comercializador de referencia no ata a nada. No hay permanencia ni penalización, porque nunca firmaste un contrato con condiciones. Puedes cambiarte cuando quieras.
Qué hacer cuando cierran tu comercializadora, en cuatro pasos
En un cierre de comercializadora el primer paso es el que más gente se salta, y es el que decide todo lo demás.
Mira tu factura y busca la distribuidora
Aparece junto al CUPS, y es un nombre distinto del de tu compañía. Ese nombre es el que decide a qué comercializador de referencia te toca ir, según la tabla de abajo.
Comprueba qué estás pagando ahora
En el comercializador de referencia pagas el PVPC, que cambia cada hora. Si tu consumo es de tarde o de noche puede salirte bien; si es de mediodía, normalmente no.
Compara antes de firmar lo primero que te llamen
Un traspaso masivo es una lista de teléfonos, y se nota. Compara con calma: aquí están las compañías una a una con precios verificados y fecha.
Para irte, no pidas la baja
Contrata con la nueva y ya está. La baja la tramita ella con la distribuidora. Pedirla tú significa otra cosa, y está explicado en los errores de aquí abajo.

¿No sabes si te conviene quedarte en el PVPC?
Mándanos tu factura y te decimos, con tus números, si te sale mejor quedarte o cambiarte. Gratis y sin pedirte contraseñas.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40Los ocho comercializadores de referencia, y cuál te toca
El artículo 4.1.e) del RD 216/2014 no deja elegir: fija una cascada de cuatro pasos que se aplica en orden y se para en el primero que resuelve. El primero, que es el que vale para casi todo el mundo, dice que vas al comercializador de referencia del mismo grupo empresarial que tu distribuidora. Razón social y CIF salen del censo de la CNMC, consultado el 18 de agosto de 2026.
| Comercializador de referencia | Grupo | Ámbito |
|---|---|---|
| Energía XXI | Endesa | Nacional |
| Curenergía | Iberdrola | Nacional |
| Naturgy Comercializadora Regulada | Naturgy | Nacional |
| Régsiti | Repsol, y ya no Viesgo | Peninsular |
| Baser | TotalEnergies, y ya no EDP | Nacional |
| COR Energético | CHC Energía | Nacional, y solo electricidad |
| Energía Ceuta XXI | Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta | Ceuta |
| Teramelcor | Gaselec | Melilla |
| Si tu distribuidora participa en varios grupos con comercializador de referencia | Paso 2 de la cascada | Vas al del mismo grupo empresarial |
| Si tu distribuidora no pertenece a ningún grupo que tenga uno | Paso 3 | Vas al del grupo dueño de la red a la que se conecta tu distribuidora |
| Si con eso aún no sale uno solo | Paso 4 | Vas al que más cuota tenga en tu comunidad autónoma, medida en puntos de suministro según los últimos datos de la CNMC |
Dos nombres que engañan. Régsiti nació como el comercializador de referencia del grupo Viesgo y hoy es de Repsol. Baser nació como el de EDP y hoy es de TotalEnergies. Quien los busque por el grupo antiguo se equivoca de empresa. Y el paso 4 de la cascada existe porque en España hay cientos de distribuidoras pequeñas que no pertenecen a ninguno de los ocho grupos: para sus clientes, el comercializador de referencia se decide por cuota de mercado autonómica.
Un traspaso es una lista de teléfonos, y se nota. Si te llaman diciendo que son tu compañía nueva y te piden el IBAN, una clave o el DNI por teléfono, cuelga. Un traspaso a un comercializador de referencia es automático y no requiere que des ningún dato a nadie. Aquí tampoco te pedimos contraseñas.
Tres errores que salen caros en un cierre de comercializadora
Los tres se cometen por prisa. Un cierre de comercializadora asusta, y el susto es mal consejero: los tres tienen arreglo si se ven a tiempo.
Pedir la baja para cambiarte
No es lo mismo. La baja corta el suministro: deja el punto sin luz y volver a darlo de alta cuesta dinero. Para cambiar de compañía no se pide nada: contratas con la nueva y ella lo tramita con la distribuidora. Lo dice hasta uno de los ocho, con estas palabras: en el cambio de comercializadora «no hay corte de suministro».
Te quedas sin luzFirmar con el primero que llama
Tras un traspaso, la lista de afectados circula. Quien llama el primero no suele traer la mejor oferta, sino la más rápida. El PVPC no tiene permanencia, así que no hay ninguna prisa real: compara y luego firma.
Pagas de másCreer que el aviso llega por carta y esperar sentado
La notificación se publica en el BOE, en la sección de anuncios. Si esperas una carta puedes enterarte cuando ya estés en el PVPC y con la primera factura distinta. Aquí está la lista de las que ya han cerrado.
Te enteras tarde
Si ya estás en el PVPC, mira cuánto te cuesta
El precio cambia cada hora, así que la factura del mes que viene no se parece a la de este. Mándanos la tuya y te decimos qué pagas de más.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40«En un cierre de comercializadora, a qué comercializador de referencia te traspasan no depende de con quién tenías contratada la luz. Depende de qué empresa lleva el cable hasta tu casa, y ese nombre está en tu factura sin que lo hayas elegido nunca.»
¿Lo dejamos en nuestras manos?
Gestionamos el trámite de principio a fin y te mantenemos informado. Gratis para ti, siempre.
Cómo se ha hecho esta página
De dónde sale lo que cuenta esta página:
- Normativa vigente y documentación pública de las distribuidoras. Nunca tablas de comparadores, que envejecen en semanas.
- Los importes solo se publican con fuente primaria. Donde no la tenemos, lo decimos y explicamos de qué depende.
- ¿Ves algo desactualizado? Escríbenos y lo corregimos.
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Lo que suele preguntar la gente
¿Me quedo sin luz si cierran mi comercializadora?
No. El traspaso a un comercializador de referencia es automático y no hay corte de suministro en ningún momento. No tienes que firmar nada ni hacer ningún trámite: lo inicia de oficio el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
¿A qué comercializador de referencia me traspasan?
Al del mismo grupo empresarial que tu distribuidora, que es la empresa del cable y aparece en tu factura junto al CUPS. Lo fija el artículo 4.1.e) del Real Decreto 216/2014, que además prevé tres reglas más por si esa primera no resuelve el caso.
¿Cuánto tarda en resolverse un expediente de estos?
El artículo 16.5 del Real Decreto 88/2026 da al Ministerio tres meses desde el acuerdo de inicio para dictar y notificar la resolución. Si pasan los tres meses sin notificarla, el procedimiento caduca.
¿Puedo irme del comercializador de referencia cuando quiera?
Sí. No hay permanencia ni penalización, porque nunca firmaste un contrato con condiciones. Y para irte no se pide la baja: se contrata con la nueva compañía y es ella quien tramita el cambio con la distribuidora.
¿Cuántas comercializadoras ha cerrado el Gobierno?
Cincuenta y ocho desde 2019. Cada cierre de comercializadora se publica en el BOE, contando inhabilitaciones y extinciones de habilitación, según el barrido de 127 anuncios del BOE que hicimos el 25 de agosto de 2026. A esa fecha había además dos expedientes abiertos sin resolver.