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El Real Decreto 897/2017: quién tiene derecho al bono social

Define al consumidor vulnerable y regula el bono social. Fija el tope de 10 kW, la escala de renta sobre el IPREM y un requisito que se olvida siempre: hay que estar en el PVPC.

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  • Texto consolidadoLeído en el BOE el 7 de septiembre de 2026
  • BOE-A-2017-11505Su código, para que lo compruebes tú
  • Con su artículoCada afirmación dice de dónde sale
Potencia máxima10 kW
Hay que estar enPVPC
Plazo para contestarte10 días hábiles
Dura2 años
La respuesta corta

Para tener bono social hacen falta cuatro cosas a la vez: ser persona física, que sea tu vivienda habitual, tener 10 kW o menos contratados y estar acogido al PVPC. Ese último requisito es el que más gente descarta sin saberlo. Después va la renta, medida en veces el IPREM de catorce pagas. La comercializadora de referencia tiene diez días hábiles para contestarte y, si te lo deniega, tiene que decirte por qué. Cómo se pide, con los umbrales al día, está en el trámite del bono social.

Qué regula el Real Decreto 897/2017

La figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para consumidores domésticos de electricidad. Es la norma que decide quién entra, cuánto se descuenta, cuánto dura y qué pasa cuando alguien con bono social no puede pagar.

10 kW
es la potencia máxima contratada para poder pedirloRD 897/2017, art. 2.1
1,5 × IPREM
de 14 pagas es el umbral de renta base, y sube por cada convivienteRD 897/2017, art. 3.2.a
10 días hábiles
tiene la comercializadora de referencia para contestarteRD 897/2017, art. 8.2
4 meses
de impago antes de que se aplique el suministro mínimo vitalRD 897/2017, art. 19

Los requisitos y los plazos, artículo por artículo

Todo lo de abajo es literal del texto consolidado. Son las condiciones que puedes comprobar antes de pedirlo y los plazos que puedes exigir después.

Requisitos y plazos del bono social según el RD 897/2017
ArtículoDe qué va Lo que fija
Art. 2.1Quién puede pedirloPersonas físicas titulares de un punto de suministro en su vivienda habitual con potencia contratada igual o inferior a 10 kW
Art. 3.1El requisito que casi nadie cuentaHay que estar acogido al PVPC. En el mercado libre no hay bono social, por baja que sea la renta
Art. 3.2.aLa escala de rentaRenta anual de la unidad de convivencia igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. El multiplicador sube 0,3 por cada adulto adicional y 0,5 por cada menor
Art. 6.2Qué es exactamente el descuentoUn descuento sobre el PVPC. «El precio resultante de dicho descuento será la TUR»
Art. 6.3Cuánto descuenta la norma35 % al consumidor vulnerable y 50 % al vulnerable severo, sobre todos los términos del PVPC y con un límite de energía por periodo de facturación. Hoy no son esas cifras: ver más abajo
Art. 8.2Cuánto tarda la respuestaDiez días hábiles desde la solicitud completa. Y «en el caso de que la solicitud sea denegada o inadmitida, el comercializador de referencia deberá indicar al solicitante la razón»
Art. 8.2Si no estás de acuerdo«Los consumidores podrán reclamar ante los servicios de consumo correspondientes»
Art. 9.2Cuánto duraDos años, y luego se renueva
Art. 10.1La renovación se avisa, no se adivinaCon dos meses de antelación, la comercializadora comprueba si sigues cumpliendo y te lo comunica «en la siguiente factura», indicando la fecha de renovación o la de vencimiento
Art. 19Si tienes bono social y no puedes pagarA los cuatro meses del primer requerimiento impagado no se corta: se aplica el suministro mínimo vital del artículo 45 bis de la Ley 24/2013, y deben informarte por escrito en diez días

El requisito del PVPC es el que más solicitudes tumba antes de empezar. Si estás en el mercado libre, el orden correcto es pasarte primero al PVPC con una comercializadora de referencia y pedir el bono social después. Quiénes son esas comercializadoras y qué las diferencia está en la guía del PVPC. Y el suministro mínimo vital del artículo 19 es la razón de que un corte por impago no funcione igual para quien tiene bono social: los plazos generales están en el corte por impago.

Factura revisadapor una personaMascota de TarifaÓptima presentando el análisis de una factura

¿Te han denegado el bono social sin explicarte por qué?

El artículo 8.2 obliga a decirte la razón. Cuéntanos qué te contestaron y te decimos qué pedir y a quién. Gratis y sin pedirte contraseñas.

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Por qué el descuento que te aplican no es el que dice esta norma

Es la confusión más extendida del bono social, y no es culpa de nadie: las dos cifras son ciertas al mismo tiempo.

Dos cifras verdaderas a la vez
  • Lo que dice el artículo 6.335 % para el consumidor vulnerable y 50 % para el vulnerable severo. Es la base de la norma y sigue escrita ahí.
  • Lo que se aplica durante 202642,5 % y 57,5 %, porque los eleva el Real Decreto-ley 7/2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. Una norma posterior puede desplazar temporalmente un porcentaje sin tocar el artículo.
  • Por eso hay webs que publican el 35 %Y no están mintiendo: están citando la norma base y no la subida vigente. Es el mismo motivo por el que aquí cada cifra lleva pegada su fecha.
  • Qué mirar cuando cambie el añoSi la subida no se prorroga, a partir del 1 de enero de 2027 vuelven el 35 % y el 50 % del artículo 6.3. Es una fecha marcada en el calendario de revisión de este sitio.
RD 897/2017, art. 6.3, y Real Decreto-ley 7/2026 (BOE-A-2026-6544). Comprobado el 7 de septiembre de 2026.

El bono social térmico no se pide. Es otra ayuda, con otra norma, y se concede de oficio a quien ya tiene el bono social eléctrico a una fecha de corte. Confundir los dos hace perder tiempo en una solicitud que no existe: está explicado en el bono social térmico.

Preguntas

Lo que suele preguntar la gente

¿Puedo tener bono social en el mercado libre?

No. El artículo 3.1 exige estar acogido al PVPC. Es el requisito que más solicitudes tumba, y el orden correcto es pasarse antes al PVPC con una comercializadora de referencia.

¿Qué potencia máxima puedo tener contratada?

Diez kilovatios. El artículo 2.1 lo limita a puntos de suministro en vivienda habitual con potencia contratada igual o inferior a 10 kW.

¿Cuánto descuenta el bono social?

El artículo 6.3 fija un 35 % para el consumidor vulnerable y un 50 % para el severo. Pero durante 2026 se aplican un 42,5 % y un 57,5 %, porque los eleva el Real Decreto-ley 7/2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.

¿Cuál es el límite de renta?

El artículo 3.2.a) parte de 1,5 veces el IPREM de catorce pagas para la renta conjunta de la unidad de convivencia. Ese multiplicador sube 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad y 0,5 por cada menor.

¿Cuánto pueden tardar en contestarme?

Diez días hábiles desde que presentas la solicitud completa. Y si te la deniegan o la inadmiten, el artículo 8.2 obliga a la comercializadora de referencia a indicarte la razón.

¿Tengo que acordarme de renovarlo?

El artículo 10.1 obliga a la comercializadora a comprobarlo con dos meses de antelación y a comunicártelo en la siguiente factura, con la fecha de renovación o de vencimiento. Aun así, tienes obligación de informar de cualquier cambio en tu situación.

¿Me pueden cortar la luz si tengo bono social?

No de la misma forma. A los cuatro meses del primer requerimiento impagado, el artículo 19 obliga a solicitar el suministro mínimo vital del artículo 45 bis de la Ley 24/2013 antes de plantear la suspensión.