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Bono social térmico: no se pide, y no lo paga tu compañía

Ayuda para calefacción, agua caliente y cocina, distinta del bono social eléctrico y compatible con él. No tiene solicitud: se concede sola.

Asesoramiento independiente. Servicio gratuito.
  • Sin contraseñasNo pedimos claves de tu compañía
  • Lo tramitamos nosotrosTú no llamas a nadie
  • GratisNos paga la comercializadora
¿Hay que pedirlo?No
Quién lo pagaTu comunidad autónoma
Cuánto, como mínimo50 € al año
Fecha que decide31 de diciembre
La respuesta corta

Tres cosas que casi nadie sabe. No se solicita: no hay formulario ni plazo, se concede sola. No la paga tu compañía ni el Estado: la gestionan y la abonan las comunidades autónomas, cada una con su calendario. Y la fecha manda: cuenta quién tenía el bono social eléctrico el 31 de diciembre del año anterior, no quién lo tiene hoy. Pedir el bono social de la luz en enero significa esperar casi dos años a cobrar el térmico. Quién tiene derecho al eléctrico, que es la puerta de entrada, lo decide el Real Decreto 897/2017.

50 € al año
es el suelo por beneficiario que fija la normaFuente: RD-ley 15/2018, anexo I, texto consolidado
60 % más
cobra el vulnerable severo que un vulnerable de su misma zonaFuente: RD-ley 15/2018, anexo I, apartado 4
6 zonas
climáticas hay, de la α a la E, y deciden lo que te tocaFuente: RD-ley 15/2018, anexo I, apartado 1
1 artículo anulado
el que obligaba a las comercializadoras a informarteFuente: STC 134/2020, BOE-A-2020-13463
Lo que hace falta

Quién cobra el bono social térmico, y cuándo se decide

No hay requisitos propios: los requisitos son los del bono social eléctrico. Lo que sí tiene esta ayuda es una fecha de corte, y es lo que más gente pierde sin enterarse.

Las cinco reglas que fija la norma
  • Se hereda del bono social eléctricoEl artículo 8 lo dice sin rodeos: beneficiario es quien sea beneficiario del bono social de electricidad. No se comprueban ingresos otra vez ni se presenta nada.
  • La fecha de corte es el 31 de diciembreCuenta quién lo tenía a 31 de diciembre del año anterior, no quién lo tiene cuando se paga. Si consigues el bono social eléctrico en enero, el térmico de ese año ya no te toca: entras en el del año siguiente.
  • Es compatible con todo lo demásEl artículo 6 lo dice expresamente: compatible con el bono social de electricidad y con cualquier otra ayuda de cualquier administración para la misma finalidad.
  • Es un pago único al año, por transferenciaNo es un descuento en la factura. Es dinero que entra en tu cuenta una vez, y por eso mucha gente lo cobra sin saber qué es.
  • Y depende de que haya presupuestoEl artículo 7 lo condiciona a la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio. Es una ayuda con partida, no un derecho de cuantía fija.
Quien paga nuestro trabajo es la comercializadora que elijas. Tú no pones un euro.
Paso a paso

Qué hacer si crees que te toca y no te ha llegado

Cuatro pasos, y ninguno pasa por tu compañía de luz. No es la que lo paga ni la que lo tramita.

Comprueba que tenías el bono social eléctrico en diciembre

Es lo único que decide. Mírale la fecha a la resolución o a la factura de diciembre del año pasado: si el descuento estaba aplicado, te toca.

Mira tu cuenta antes de reclamar

Llega por transferencia y de una vez, sin avisar. Mucha gente lo ha cobrado ya y lo ha tomado por una devolución cualquiera.

Pregunta a tu comunidad autónoma, no al Estado

El artículo 10 pone la gestión y el pago en las comunidades autónomas y en las ciudades con estatuto de autonomía. Cada una tiene su calendario y su vía.

Y si te mandan a tu compañía, vuelve atrás

Tu comercializadora no tramita esta ayuda ni tiene obligación de informarte de ella. El artículo que se lo exigía está anulado desde 2020.

Factura revisadapor una personaMascota de TarifaÓptima presentando el análisis de una factura

¿Y si además estás pagando de más por la luz?

El bono social es un descuento sobre un precio, y el precio también se puede revisar. Mándanos tu factura y te lo miramos con tus números. Gratis y sin pedirte contraseñas.

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Lo que decide el importe

Las seis zonas climáticas del bono social térmico

El importe no es igual en toda España: sale de la zona climática donde estés empadronado y de tu grado de vulnerabilidad. Las zonas van por Severidad Climática Invernal, y la tuya depende de la altitud de tu localidad y de la de tu capital de provincia.

Zonas climáticas del anexo I del RD-ley 15/2018, texto consolidado del BOE
ZonaSeveridad Climática InvernalQué significa
αSCI igual o menor que 0La más suave. En la fórmula se le aplica SCI = 0
AMás de 0 y hasta 0,23Invierno benigno
BMás de 0,23 y hasta 0,5
CMás de 0,5 y hasta 0,93
DMás de 0,94 y hasta 1,51Invierno duro
ELa más severaEn la fórmula se le aplica SCI = 1,51, que es el techo

Las seis zonas y la fórmula salen del anexo I de el Real Decreto-ley 15/2018, cuyo apartado 3 cambió en marzo de 2026. Se cobra en el primer trimestre del año. Lo fija el apartado 3 del artículo 10: las comunidades autónomas realizan el pago «durante el primer trimestre del año», con sus propios procedimientos. Si estamos en octubre y no ha llegado nada, ya no es cuestión de esperar. Y se puede renunciar. El mismo apartado obliga a garantizar «en todo caso la posibilidad de renuncia a la ayuda por parte de los beneficiarios que así lo soliciten». Tu comunidad puede poner más dinero. El apartado 5 permite a las comunidades autónomas ampliar la cuantía con cargo a sus propios presupuestos, y entonces tienen que especificar el porcentaje de cofinanciación. Por eso el importe no tiene por qué ser el mismo en dos comunidades con la misma zona climática. El apartado 4 exige además que en esas comunicaciones se diga con claridad que la ayuda sale del presupuesto del Ministerio. El suelo ha subido dos veces. Nació en 25 euros, el Real Decreto-ley 18/2022 lo llevó a 40 «con la intención de disminuir la brecha entre las ayudas asignadas a los beneficiarios residentes en las diferentes zonas climáticas», y la redacción vigente lo deja en 50. Dos cosas del texto consolidado, leídas el 20 de agosto de 2026. La primera: entre la zona C y la D hay un hueco, porque C llega hasta 0,93 y D empieza por encima de 0,94. La segunda: la zona E está impresa como «SCI menor que 1,51», que es el mismo tramo que la D en vez del siguiente, y sin embargo la fórmula del mismo anexo le asigna a la E el valor 1,51. No lo corregimos: decimos lo que está publicado y dónde no cuadra. Sobre estas zonas se aplica un suelo de 50 euros por beneficiario, y un 60 % más si eres consumidor vulnerable severo o estás en riesgo de exclusión social.

No publicamos la cuantía exacta de este año, y es a propósito. La fórmula del anexo I lleva un coeficiente que se calcula con la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio, así que sin la resolución del año no hay importe cerrado: solo el suelo de 50 euros y el 60 % de diferencia entre grados. Cualquier cifra concreta que veas por ahí sin esa resolución detrás está inventada.

Lo que sale caro

Por qué nadie te avisa del bono social térmico

No es dejadez de tu compañía. Es que la norma que se lo mandaba está anulada, y eso no lo cuenta casi nadie.

El Constitucional anuló el artículo que obligaba a las comercializadoras

El artículo 11 del RD-ley 15/2018 se llamaba «Obligaciones de los Comercializadores de Referencia» y la Sentencia del Tribunal Constitucional 134/2020, de 23 de septiembre, lo declaró inconstitucional y nulo entero. Desde entonces tu compañía no tiene ninguna obligación de informarte de esta ayuda.

Anulado en 2020

La misma sentencia dejó la gestión en manos de las comunidades

También anuló incisos de los artículos 9 y 10 y el pago directo por el Ministerio. Por eso no hay un procedimiento único nacional: hay diecisiete calendarios.

Diecisiete vías

Y por eso mucha gente lo cobra sin saberlo

Entra por transferencia, de una vez, sin carta previa y sin aparecer en la factura. Si el año pasado tenías bono social eléctrico, mira los ingresos de tu cuenta antes de dar por hecho que no te ha llegado.

Míralo en tu cuenta
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El bono social es un descuento sobre un precio

Y el precio también se revisa. Si tienes derecho al bono social, conviene comprobar que además estás en la tarifa que te conviene. Mándanos tu factura.

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«Es la única ayuda energética que no hay que pedir, y precisamente por eso mucha gente no sabe que la ha cobrado. El artículo que obligaba a tu compañía a contártelo lo anuló el Constitucional en 2020, y desde entonces nadie tiene el deber de avisarte.»

Roger MartinAsesor energético · TarifaÓptima
Roger Martin, asesor energético de TarifaÓptima

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Roger Martin Asesor energético en TarifaÓptima. Tramita altas, cambios de titular y bajas a diario. Actualizado el 20 de agosto de 2026

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Preguntas

Lo que suele preguntar la gente

¿Hay que solicitar el bono social térmico?

No. No tiene solicitud, ni formulario, ni plazo. El artículo 8 del Real Decreto-ley 15/2018 concede la ayuda a quien sea beneficiario del bono social de electricidad a 31 de diciembre del año anterior, sin más trámite.

¿Quién paga el bono social térmico?

Las comunidades autónomas y las ciudades con estatuto de autonomía, según el artículo 10. No lo paga tu compañía de luz ni lo abona el Estado directamente, y por eso el calendario cambia de una comunidad a otra.

¿Cuánto es el bono social térmico?

La norma fija un suelo de 50 euros por beneficiario y un 60 % más para el consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social. La cantidad concreta depende de la zona climática donde estés empadronado y de un coeficiente que se calcula cada año con la disponibilidad presupuestaria, así que no hay una cifra fija.

¿Se puede tener el bono social térmico y el de la luz a la vez?

Sí, y es lo normal: uno lleva al otro. El artículo 6 declara la ayuda expresamente compatible con el bono social de electricidad y con cualquier otra subvención para la misma finalidad.

¿Cuándo se cobra el bono social térmico?

Durante el primer trimestre del año. El artículo 10.3 del Real Decreto-ley 15/2018 encarga el pago a las comunidades autónomas y les fija ese plazo. Llega por transferencia y de una vez, sin aviso previo, así que conviene mirar los ingresos de esos meses antes de dar por hecho que no ha llegado.

¿Se puede renunciar al bono social térmico?

Sí. El mismo artículo 10.3 obliga a las administraciones a garantizar «en todo caso la posibilidad de renuncia a la ayuda por parte de los beneficiarios que así lo soliciten».

¿Por qué mi compañía no me ha dicho nada del bono social térmico?

Porque no tiene obligación. El artículo 11 del Real Decreto-ley 15/2018 imponía obligaciones a las comercializadoras de referencia sobre esta ayuda, y la Sentencia del Tribunal Constitucional 134/2020, de 23 de septiembre, lo declaró inconstitucional y nulo entero.