La Ley 3/2014: la reforma que casi nadie atribuye a 2014
Se la recuerda por los catorce días para desistir. Pero también creó el derecho a la factura en papel y la oferta a precio fijo de la tarifa regulada.
Asesoramiento independiente. Servicio gratuito.- Texto consolidadoLeído en el BOE el 7 de septiembre de 2026
- BOE-A-2014-3329Su código, para que lo compruebes tú
- Con su artículoCada afirmación dice de dónde sale
Esta ley reformó a fondo la ley de consumidores para transponer la directiva europea de 2011. Se la recuerda por el plazo de desistimiento, y ahí está bien contada. Lo que casi nadie le atribuye son tres cosas muy útiles en energía: el derecho a recibir la factura en papel sin pagar por ello, el reembolso de cualquier pago adicional colado con una casilla marcada por defecto, y una modificación de la Ley del Sector Eléctrico que obliga a las comercializadoras de referencia a ofrecer un precio fijo.
Qué cambió la Ley 3/2014
Reescribió el título de los contratos a distancia y fuera del establecimiento de la ley de consumidores, y de paso tocó nueve leyes más, entre ellas la del Sector Eléctrico. Transpone la Directiva 2011/83/UE.
En vigorDerogada enteraVigente solo en parte
Lo que añadió, artículo por artículo
Del texto consolidado a 19 de diciembre de 2025. Se citan los artículos que introduce esta reforma, con su numeración en la ley de consumidores.
| Artículo | De qué va | Lo que fija |
|---|---|---|
| Art. D. final 11.ª.Dos | Obligó a la tarifa regulada a ofrecer precio fijo | Añade el artículo 46.1.q) de la Ley del Sector Eléctrico: las comercializadoras de referencia «estarán obligadas a realizar ofertas… en las que el precio del suministro de energía eléctrica sea fijo para un periodo determinado», con contrato normalizado |
| Art. D. final 11.ª.Uno | Y retocó cómo se determina el coste de producción | El artículo 17.2.a) pasa a decir que el coste de producción «se determinará con arreglo a mecanismos de mercado en los términos que se desarrollen reglamentariamente». Es la base del cálculo del PVPC |
| Art. Único.Quince (art. 63.3) | Tienes derecho a la factura en papel | «Estos tendrán derecho a recibir la factura en papel… El derecho del consumidor y usuario a recibir la factura en papel no podrá quedar condicionado al pago de cantidad económica alguna» |
| Art. Único.Quince (art. 63.3) | Y la electrónica exige que digas que sí | Su expedición «estará condicionada a que el empresario haya obtenido previamente el consentimiento expreso», y la solicitud debe explicar cómo revocarlo |
| Art. Único.Trece (art. 60 bis) | La casilla marcada por defecto se devuelve | Si el empresario dedujo el consentimiento «utilizando opciones por defecto que éste debe rechazar para evitar el pago adicional, el consumidor y usuario tendrá derecho al reembolso de dicho pago» |
| Art. Único.Trece (art. 60 bis) | Los extras se aceptan, no se presuponen | El consentimiento debe ser expreso y los suplementos opcionales comunicarse «de una manera clara y comprensible», sobre una base de opción de inclusión |
| Art. Único.Catorce (art. 60 ter) | Cobrarte por el medio de pago tiene tope | No pueden facturarse «cargos que superen el coste soportado por el empresario por el uso de tales medios» |
| Art. Arts. 60 bis.2 y 60 ter.2 | Y probarlo le toca a la empresa | «Corresponde al empresario probar el cumplimiento de las obligaciones a que este artículo se refiere». En las dos, la carga de la prueba se invierte |
| Art. Único.Dieciséis (art. 66 bis) | Treinta días para entregar lo comprado | «Sin ninguna demora indebida y en un plazo máximo de 30 días naturales a partir de la celebración del contrato». Si no, plazo adicional y derecho a resolver |
| Art. Único.Doce | La información previa, gratis y al menos en castellano | «La información precontractual debe facilitarse al consumidor y usuario de forma gratuita y al menos en castellano» |
| Art. D. derogatoria única | Y se llevó por delante tres normas | Deroga los artículos 39 a 48 de la ley de comercio minorista, el artículo 5.4 de la de condiciones generales y entero el Real Decreto 1906/1999 de contratación telefónica |
| Art. Contexto | El desistimiento, que es por lo que se la conoce | Sus catorce días y sus reglas están contados en la ficha de la ley de consumidores, que es donde viven hoy esos artículos |
La primera fila es la que casi nadie relaciona con esta ley. La obligación de que una comercializadora de referencia te ofrezca un precio fijo, además del PVPC, no nació en una norma de energía: nació en una disposición final de la ley de consumidores de 2014. Es un buen ejemplo de por qué mirar solo la normativa del sector deja fuera cosas que importan.

¿Te cobran por recibir la factura en papel?
No pueden: el derecho a la factura en papel no puede condicionarse a ningún pago. Si te lo están cobrando o te obligaron a la electrónica sin pedirte permiso, cuéntanoslo con la factura delante.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40Cuatro cosas de la reforma de 2014 que casi nadie sabe
Salen del texto consolidado a 19 de diciembre de 2025.
- La oferta fija del comercializador de referencia nació aquíEn una disposición final de la ley de consumidores, no en una norma eléctrica. Añadió el artículo 46.1.q) a la Ley del Sector Eléctrico y obliga a ofrecer un precio fijo con contrato normalizado a quien tiene derecho al PVPC.
- La factura en papel es un derecho, y gratisNo puede condicionarse «al pago de cantidad económica alguna». Y pasarte a factura electrónica exige tu consentimiento expreso previo, con la forma de revocarlo explicada de antemano.
- Una casilla premarcada da derecho a que te devuelvan el dineroNo solo es irregular: el artículo 60 bis reconoce el reembolso del pago adicional deducido de una opción por defecto que tú tenías que rechazar.
- Y en esos casos no te toca a ti demostrar nada«Corresponde al empresario probar el cumplimiento.» La carga de la prueba está invertida tanto en los pagos adicionales como en los cargos por medio de pago.
Esta ley se lee dos veces. Es una norma modificadora: su articulado dice «se añade el artículo 60 bis», y ese artículo vive hoy en la ley de consumidores. Para citar un derecho conviene nombrar el artículo donde está ahora, y guardar la Ley 3/2014 para explicar desde cuándo existe.
Dónde se aplica la Ley 3/2014 en este sitio
Aparece cuando hay que decir desde cuándo existe un derecho.
Lo que suele preguntar la gente
¿Qué cambió la reforma de 2014?
Reescribió los contratos a distancia y fuera del establecimiento de la ley de consumidores, y además tocó nueve leyes más, entre ellas la del Sector Eléctrico. Transpone la directiva europea de 2011.
¿Tengo derecho a que me manden la factura en papel?
Sí, y sin pagar por ello. El artículo 63.3 dice que ese derecho no puede quedar condicionado al pago de cantidad alguna, y que la factura electrónica exige tu consentimiento expreso previo.
Me han colado un extra con una casilla marcada. ¿Qué puedo hacer?
Pedir el reembolso. El artículo 60 bis reconoce el derecho a que te devuelvan el pago adicional cuando el consentimiento se dedujo de una opción por defecto que tenías que rechazar.
¿Quién tiene que demostrar que di mi consentimiento?
El empresario. Tanto en los pagos adicionales como en los cargos por medio de pago, la ley dice que le corresponde a él probar que cumplió.
¿Pueden cobrarme por pagar con tarjeta?
Solo hasta el coste que le supone a la empresa ese medio de pago. No puede facturarse un cargo que lo supere.
¿Por qué mi comercializadora de referencia me ofrece un precio fijo?
Porque está obligada. La disposición final undécima de esta ley añadió el artículo 46.1.q) a la Ley del Sector Eléctrico, que impone esa oferta con contrato normalizado a quien tiene derecho al PVPC.
¿Y los catorce días para desistir?
También son de esta reforma, pero los artículos viven hoy en la ley de consumidores. Están contados con detalle en su propia ficha.