El RD 1890/2008: las reglas del rótulo y el escaparate de tu negocio
El rótulo luminoso de una tienda también es alumbrado exterior. Si pasa de 1 kW, este reglamento te dice cuándo encenderlo, cuánto puede brillar y cada cuánto se revisa.
Revisión gratuita e independiente: te decimos cuánto puedes ahorrar.- Texto consolidadoLeído en el BOE el 7 de septiembre de 2026
- BOE-A-2008-18634Su código, para que lo compruebes tú
- Con su artículoCada afirmación dice de dónde sale
El RD 1890/2008 es el reglamento del alumbrado exterior. Se aplica a instalaciones de más de 1 kW, y eso incluye rótulos, anuncios y escaparates. Solo pueden estar encendidos entre la puesta y la salida del sol. Por encima de 5 kW hace falta reloj astronómico o encendido centralizado, y una inspección cada cinco años. El apagado a las 22 h fue de otra norma y ya caducó: lo cuenta el Real Decreto-ley 14/2022.
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Qué regula el RD 1890/2008
La eficiencia de la luz que se enciende fuera de los edificios: calles, fachadas, aparcamientos, rótulos y escaparates. Obliga a los titulares de instalaciones de más de 1 kW, sean públicas o privadas, a los instaladores y a los organismos de control. El horario de cada municipio lo puede regular su ayuntamiento. Un comercio lo nota en la factura: mira cuánto gasta de luz una tienda.
En vigorDerogada enteraVigente solo en parte
Lo que dice el RD 1890/2008 sobre un rótulo o un escaparate
De la versión consolidada del BOE, leída el 25 de septiembre de 2026. Los puntos que tocan a un comercio.
| Artículo | De qué va | Lo que fija |
|---|---|---|
| Art. 2.1 | Desde 1 kW | Se aplica a instalaciones «de más de 1 kW de potencia instalada» |
| Art. 2.2.e | Rótulos incluidos | Entran las «señales y anuncios luminosos» |
| Art. ITC-EA-02, 6 | Escaparates incluidos | El alumbrado de escaparates cuenta como alumbrado de anuncios |
| Art. 8.3 | Solo de noche | Encendidos como máximo entre la puesta de sol y su salida |
| Art. 8.2 | Con ciclos programados | Con «relojes astronómicos o sistemas equivalentes» |
| Art. ITC-EA-04 | Más de 5 kW | Reloj astronómico o encendido centralizado, obligatorio |
| Art. ITC-EA-04 | Hasta 5 kW | Vale una fotocélula |
| Art. ITC-EA-02, 9 | Menos luz de madrugada | Por encima de 5 kW, a ciertas horas de la noche «deberá reducirse» |
| Art. 8.7 | Manda el ayuntamiento | Las Administraciones Locales regulan el tiempo de funcionamiento |
| Art. ITC-EA-02, t. 13 | Rótulo grande, menos brillo | De 1.000 cd/m² hasta 0,5 m² a 400 por encima de 10 m² |
| Art. ITC-EA-01, 3.2 | Sin etiqueta energética | Los anuncios luminosos, festivos y navideños no se califican |
| Art. ITC-EA-01, 3.3 | Dónde va la etiqueta | En el cuadro de protección, dentro y fuera, de forma indeleble |
| Art. ITC-EA-05 | Hasta 5 kW | Verificación por instalador cada 5 años |
| Art. ITC-EA-05 | Más de 5 kW | Inspección inicial y cada 5 años por organismo de control |
La tabla 13 es la que más usa un comercio: cuanto más grande el rótulo, menos puede brillar cada metro cuadrado. Entre 0,5 y 2 m² el límite es 800 cd/m², y entre 2 y 10 m², 600.

El rótulo cuesta luz toda la noche
Un rótulo de más de 1 kW encendido de la puesta a la salida del sol se nota en la factura. Mándanos la tuya y te decimos si tu tarifa encaja con ese horario.
Revisar la factura de mi comercio↗o llama al 681 80 29 40Cuatro cosas del reglamento de alumbrado exterior que casi nadie sabe
Salen del texto consolidado del BOE.
- El escaparate es alumbrado exteriorLa ITC-EA-02 mete el alumbrado de escaparates en el de anuncios. No hace falta que la lámpara esté en la calle.
- Las 22 h no son de este reglamentoEl apagado de escaparates a las 22 h fue del Real Decreto-ley 14/2022 y caducó el 1 de noviembre de 2023.
- Siete letras, pero no para tu rótuloLas instalaciones se califican de la A a la G, pero los anuncios luminosos quedan fuera de esa etiqueta.
- Una fachada clara necesita poca luzPara vigilancia, una fachada muy clara se queda en 1 lux de iluminancia media.
Antes de cambiar el horario de tu rótulo. El reglamento fija el máximo: de la puesta a la salida del sol. El artículo 8.7 deja al ayuntamiento regular el tiempo de funcionamiento en su término, así que mira también la ordenanza de tu municipio. Cuánto pesa la luz en un local, en lo que gasta de luz una tienda. Si tienes un comercio, mira nuestra asesoría de luz y gas para empresas.
Dónde se aplica el RD 1890/2008 en este sitio
Lo citamos cuando hablamos de comercios y de luz exterior.
Lo que suele preguntar la gente
¿A qué se aplica el RD 1890/2008?
A las instalaciones de alumbrado exterior de más de 1 kW de potencia instalada, incluidos rótulos, anuncios luminosos y escaparates.
¿A qué hora tengo que apagar el rótulo?
El reglamento permite encenderlo como máximo entre la puesta y la salida del sol. Tu ayuntamiento puede regular el horario en su municipio.
¿Sigue vigente el apagado de escaparates a las 22 h?
No. Era del Real Decreto-ley 14/2022 y caducó el 1 de noviembre de 2023.
¿Necesito un reloj astronómico?
Por encima de 5 kW, sí, o un encendido centralizado. Hasta 5 kW vale una fotocélula.
¿Cuánto puede brillar un rótulo luminoso?
Depende de su tamaño: 1.000 cd/m² hasta 0,5 m², 800 hasta 2 m², 600 hasta 10 m² y 400 por encima.
¿Cada cuánto se revisa la instalación?
Cada 5 años. Hasta 5 kW, verificación por instalador; por encima, inspección por un organismo de control.