Excesos de potencia: cuándo compensa subir y cuándo no
La respuesta que casi nadie da es que muchas veces no compensa.
- Precios oficialesResolución de la CNMC, con fecha
- Con la norma vigenteNo con las reglas de antes de 2021
- Te decimos que noSi no compensa, no compensa
Un exceso se factura por cada kW que te pasas y por cada día. Subir la potencia, en cambio, se paga los 365 días del año. Por eso la pregunta no es si te pasas, sino cuántos días al año: en P1 el punto de equilibrio ronda los 119 días. Si te pasas menos, pagar los excesos de potencia es más barato que subir.
Cómo se facturan los excesos de potencia, con la norma vigente
De los excesos de potencia es de lo que más información desactualizada hay por ahí, así que conviene ir a la norma.
El método lo fija la Circular 1/2025, de 28 de enero, de la CNMC. Para un comercio o una pyme, que tiene equipo de medida tipo 4 o 5, el cálculo es directo: por cada periodo con excesos de potencia, se multiplican los kW de exceso por el término de exceso de ese periodo y por los días del periodo de facturación.
Si lees por ahí lo de las franjas del 85 % y el 105 %, está desfasado. Ese era el sistema del maxímetro de las tarifas 3.0A y 6.X anteriores a 2021. Con la estructura de la Circular 3/2020 el exceso se factura con la fórmula de arriba, kW a kW y día a día. Es un error que sigue publicado en webs del sector.
| Periodo | €/kW y día | 1 kW un mes | 1 kW todo el año |
|---|---|---|---|
| P1 | 0,171373 | 5,14 € | 62,55 € |
| P2 | 0,090584 | 2,72 € | 33,06 € |
| P3 | 0,028721 | 0,86 € | 10,48 € |
| P4 | 0,021891 | 0,66 € | 7,99 € |
| P5 | 0,006142 | 0,18 € | 2,24 € |
| P6 | 0,006142 | 0,18 € | 2,24 € |
Fíjate en la diferencia entre periodos: pasarte 1 kW en P1 cuesta 0,171373 € cada día; el mismo kW en P6, 0,006142 €. Es 28 veces más caro pasarse en la punta. En los excesos de potencia, dónde te pasas importa tanto como cuánto.
¿Subo la potencia o sigo pagando excesos de potencia?
En los excesos de potencia se compara lo mismo en los dos lados: lo que cuesta un kW al año contratado, contra lo que cuestan los excesos de potencia los días que te pasas.
| Subir la potencia | Seguir pagando los excesos de potencia | |
|---|---|---|
| Qué pagas | Los 365 días del año | Solo los días con excesos de potencia |
| Coste de 1 kW en P1 | 20,38 €/año | 0,171373 €/día |
| Punto de equilibrio | A partir de unos 119 días de exceso al año compensa subir; por debajo, no | |
| Coste de entrada | Derechos de acceso y extensión, y boletín si hace falta | Ninguno |
| Reversible | Sí, pero con trámite | Sí, ajustando el consumo |
Los 119 días salen de dividir el coste anual de un kW contratado en P1 entre el coste diario de ese kW como exceso. Es orientativo: en tu caso hay que mirar en qué periodo se producen y cuántos kW son.

¿Cuántos días te pasas de verdad?
Los excesos de potencia están en tu factura, en el detalle por periodos. Nos la mandas y te decimos si compensa mover algo o si sale más barato dejarlo.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40Un caso real: pagar los excesos de potencia salía mejor
Un cliente con excesos de potencia recurrentes en punta, convencido de que tenía que subir potencia. Al hacer la cuenta con sus días reales, la respuesta fue la contraria.
- kW añadidos en todos los periodos5 kW
- Coste anual del término de potencia≈ 216 €/año
- Derechos de acceso y extensiónpago único
- Boletín, si la instalación no admitea cargo del instalador
- Días con excesos de potencia al añounos 20
- Coste de esos excesos de potencia≈ 17 €/año
- Coste de entrada0 €
- Diferencia a favor de no tocar≈ 199 €/año
Cifras de ejemplo calculadas con el término de exceso de P1 de 2026 y el término de potencia de la 3.0 TD, no una factura real. Veinte días de excesos de potencia al año no justifican pagar 365 días de potencia extra. Tu caso puede dar el resultado contrario: por eso se calcula, no se supone.
Tres cosas que cambian la cuenta de los excesos de potencia
La trampa del boletín
Si la potencia nueva supera la máxima admisible de tu último certificado de instalación, hace falta un boletín nuevo. Ese coste lo cobra un instalador y puede convertir una subida rentable en una que no lo es.
Compruébalo antesLos derechos de acceso y extensión
Subir potencia se trata como un alta adicional: se pagan por los kW de incremento. Es un pago único, pero entra en la cuenta del primer año.
Ver los importesQuizá no haya que subir nada
Si el exceso lo provoca un arranque concreto a una hora concreta, a veces se resuelve moviendo ese consumo a otro periodo. Sale gratis y el efecto es el mismo.
La opción que nadie proponeLos importes de los derechos de acceso y extensión están publicados con su norma en la página de dar de alta la luz: son los mismos para una subida de potencia.
De dónde salen las cifras de esta página
Para que puedas comprobarlo tú mismo:
- Los peajes de transporte y distribución son los de la Resolución de 18 de diciembre de 2025 de la CNMC, vigentes desde el 1 de enero de 2026.
- Los cargos del sistema son los de la Orden TED/1524/2025, de 23 de diciembre, publicada en el BOE.
- La aplicación de cada tarifa de acceso la fija la Circular 3/2020 de la CNMC.
- No publicamos precios de comercializadora porque en empresa no son públicos: se cotizan caso a caso. Lo que sí es público es esto, y es lo que permite calcular lo que de verdad se puede recuperar.
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Lo que suele preguntar la gente
¿Qué es un exceso de potencia?
Es la diferencia entre la potencia que has demandado en un periodo y la que tienes contratada en ese mismo periodo. En 3.0 TD no te corta la luz: se registra y se factura aparte, en una línea que casi nadie mira.
¿Por qué no me he enterado de que los pago?
Porque no se apaga nada. En un suministro doméstico el ICP salta y te quedas sin luz, así que te enteras el primer día. En un negocio el equipo de medida registra la punta y la cobra. Hay locales que llevan años pagándolos.
¿Cómo se calcula exactamente?
Lo fija la Circular 1/2025, de 28 de enero, de la CNMC. Para un comercio o una pyme, con equipo de medida tipo 4 o 5, se multiplica cada kW de exceso por el término de exceso de ese periodo, en euros por kW y día, y por los días del periodo de facturación. Para grandes consumidores el cálculo va cuarto de hora a cuarto de hora.
¿Siempre compensa subir la potencia si pago excesos?
No, y es el error más caro de esta página. Si te pasas dos días al año, pagar el exceso sale mucho más barato que subir potencia y pagarla los 365 días. La cuenta hay que hacerla con tus días reales de exceso, no con la sensación de que «siempre» te pasas.
¿Cuál es el umbral aproximado para decidir?
Se compara lo que cuesta un kW más contratado durante todo el año contra lo que cuesta ese mismo kW facturado como exceso los días que te pasas. En P1, un kW contratado son unos 20,38 € al año y el exceso 0,171373 € por kW y día: a partir de unos 119 días de exceso al año, subir sale a cuenta. Por debajo, no.
¿El exceso se paga en todos los periodos igual?
No. En P1 el término de exceso es 0,171373 €/kW y día y en P6 es 0,006142 €. Los excesos de potencia en punta cuestan 28 veces más que en el periodo más barato, así que dónde te pasas importa tanto como cuánto.
¿Subir la potencia tiene algún coste aparte?
Sí, y hay que meterlo en la cuenta: se pagan derechos de acceso y extensión por los kW de incremento, y si la nueva potencia supera la máxima admisible de tu último boletín, hace falta un certificado nuevo que cobra un instalador.
¿Podéis calcularlo con mi factura?
Sí, y es gratis. Necesitamos la factura con el detalle por periodos, donde aparecen los excesos registrados. Con eso se ve en qué periodo te pasas, cuántas veces y si compensa mover la potencia o dejarlo como está.