Luz de comunidad: qué potencia contratar y quién firma
Una comunidad de propietarios no consume mucho, consume a la vez. En la comunidad de propietarios el ascensor arranca cuando el garaje ventila y la bomba sube agua.
- Informe para la juntaCon cifras, no con promesas
- Con la Ley de Propiedad HorizontalArtículo por artículo
- Sin obra ni corteEl cambio es administrativo
El contrato va a nombre de la comunidad, con su NIF, y lo firma el presidente. La potencia se decide por lo que arranca a la vez, no por la suma de los equipos. Y si la comunidad de propietarios supera los 15 kW entráis en 3.0 TD, con seis periodos, maxímetro y energía reactiva: tres conceptos nuevos donde casi siempre hay dinero suelto.
Qué consumen de verdad las comunidades de propietarios
En una comunidad de propietarios, cuatro puntos y un solo contador. En la comunidad de propietarios el ascensor pesa por el arranque, el alumbrado de la comunidad por las horas y el garaje por las dos cosas.
Cuatro puntos, un solo contador. Lo que encarece la factura de la comunidad no es cuántos hay, sino cuántos arrancan a la vez.
Estos números son rangos de placa orientativos, para situarte. La potencia real de tu ascensor está en su placa de características y la de tu comunidad, en el máximo que registra el contador. Ninguna comunidad de propietarios debería contratar por esta tabla: se contrata por tu maxímetro.
El detalle que lo cambia todo: sumar la columna da más de 12 kW, pero eso solo pasaría si arrancara todo a la vez, y no pasa. Lo que sí pasa en cualquier comunidad de propietarios es que el ascensor arranque mientras ventila el garaje.
Dimensionar una comunidad de propietarios por la suma lleva a contratar de más todo el año; dimensionar por el pico real es lo que hace el maxímetro.
Qué potencia necesitan las comunidades de propietarios
Para saber si tu comunidad de propietarios está lejos de lo normal antes de mirar la factura. No es una recomendación para tu comunidad de propietarios: es una referencia.
| Tipo de edificio | Equipos de zona común | Rango habitual | Tarifa de acceso |
|---|---|---|---|
| Hasta 12 viviendas, sin garaje | 1 ascensor, alumbrado, portero | 4 a 7 kW | 2.0 TD |
| De 12 a 30 viviendas, sin garaje | 1 ascensor, alumbrado, grupo de presión | 6 a 10 kW | 2.0 TD |
| De 12 a 30 viviendas, con garaje | 1 ascensor, alumbrado, garaje, presión | 9 a 15 kW | 2.0 TD, al límite |
| Más de 30 viviendas, con garaje | 2 ascensores, garaje ventilado, presión | 15 a 25 kW | 3.0 TD |
| Urbanización con piscina y riego | Depuradora, riego, alumbrado exterior | Más de 20 kW | 3.0 TD |
Una comunidad de propietarios salta de 2.0 TD a 3.0 TD al superar los 15 kW en algún periodo. No es un trámite: cambian los periodos, aparece el maxímetro y empieza a facturarse la energía reactiva.
| 2.0 TD (hasta 15 kW) | 3.0 TD (más de 15 kW) | |
|---|---|---|
| Periodos de potencia | 2 | 6, en escalera |
| Control de la potencia | ICP: salta y corta | Maxímetro: no corta, factura el exceso |
| Energía reactiva | No se factura | Se factura si se supera el umbral |
| Peaje + cargo en P1 | 27,70 €/kW y año | 20,38 €/kW y año |
| Qué se nota en el portal | Que salta la luz de la escalera | Nada. Solo se nota en la factura |
| Periodo | Peaje + cargo (€/kW y año) | Exceso (€/kW y día) | Cuándo pesa en una comunidad |
|---|---|---|---|
| P1 | 20,38 € | 0,171373 € | Mañana y tarde de invierno: ascensor y alumbrado a la vez |
| P2 | 10,62 € | 0,090584 € | Las horas de alrededor de la punta |
| P3 | 4,48 € | 0,028721 € | Media jornada, poco tránsito |
| P4 | 3,89 € | 0,021891 € | Franja llana de la temporada media |
| P5 | 2,51 € | 0,006142 € | Casi todo el verano en horario laboral |
| P6 | 1,44 € | 0,006142 € | Noches y fines de semana: solo alumbrado |
El kW de P1 cuesta catorce veces lo que el de P6, y pasarse en P1 sale veintiocho veces más caro que pasarse en P6.
Por eso la primera pregunta de un informe no es cuánta potencia hay contratada, sino en qué periodo. Precios de la Resolución de 18 de diciembre de 2025 de la CNMC y la Orden TED/1524/2025, de 23 de diciembre, consultados el 11 de agosto de 2026.
Fíjate en la penúltima fila: el kW de P1 en 3.0 TD es más barato que en 2.0 TD. Pasar a 3.0 TD no es malo en sí; lo malo es pasar sin revisar los seis periodos. Todo el detalle está en cómo funciona la escalera de seis potencias.
Quién firma la luz en las comunidades de propietarios
Es la duda que más frena el cambio, y la respuesta está en la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal. Con su artículo, para que puedas comprobarlo.
La comunidad
Es la titular del contrato, con su propio NIF. El suministro de zona común no puede ir a nombre de un vecino: el gasto es común y la factura también.
Titular del contratoEl presidente
Ostenta legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten. Es quien firma.
Artículo 13.3 LPHEl administrador
Le corresponde atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas urgentes. En la práctica, prepara el expediente.
Artículo 20.1.c) LPHLa junta
Decide los acuerdos que la ley reserva a mayoría cualificada. Un cambio de comercializadora no está entre ellos, pero conviene dejarlo en acta porque compromete gasto común.
Artículo 17 LPH| La decisión | Qué hace falta | Dónde lo pone |
|---|---|---|
| Cambiar de comercializadora | Gestión ordinaria: lo firma el presidente. Mejor con acta. | No está en el artículo 17 |
| Ajustar la potencia contratada | Igual que el anterior: es una modificación del contrato en vigor. | No está en el artículo 17 |
| Instalar autoconsumo o energías renovables | Un tercio de los propietarios que represente un tercio de las cuotas | Artículo 17.1 LPH |
| Suprimir barreras o crear servicios nuevos | Mayoría de propietarios que represente la mayoría de cuotas | Artículo 17.2 LPH |
| Acumular los cargos de secretario y administrador | Se pueden acumular en una misma persona o nombrarse aparte | Artículo 13.6 LPH |
Texto consolidado de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal en el BOE, consultado el 11 de agosto de 2026. Esto es información, no asesoramiento jurídico: si vuestros estatutos dicen otra cosa, mandan los estatutos.
Pagamos excesos: ¿subimos la potencia?
Aquí va el ejemplo entero, con los peajes oficiales. Es aritmética, no una estimación comercial: puedes rehacerla con tus cifras.
- Exceso en P14 kW
- Coste por día de exceso0,6855 €
- Subir 4 kW en P181,51 €/año
- Sale a cuenta a partir de119 días/año
- P1 ≤ P2 ≤ … ≤ P6Suben los seis
- Subir 4 kW en los seis173,27 €/año
- Sobrecoste no previsto91,77 €/año
- Sale a cuenta a partir de253 días/año
| Días al año que os pasáis | Coste del exceso | Coste de subir la potencia | Qué conviene |
|---|---|---|---|
| 30 días | 20,56 €/año | 173,27 €/año | Pagar el exceso |
| 90 días | 61,69 €/año | 173,27 €/año | Pagar el exceso |
| 180 días | 123,39 €/año | 173,27 €/año | Pagar el exceso |
| 253 días | 173,43 €/año | 173,27 €/año | Subir la potencia |
| 365 días | 250,20 €/año | 173,27 €/año | Subir la potencia |
Con estos números, el punto de equilibrio está en 253 días al año. Por debajo de eso, subir potencia es pagar de más los 365 días para evitar un sobrecoste de unos pocos. Cálculo hecho sobre los peajes y cargos vigentes y el término de exceso de la Circular 1/2025, de 28 de enero, de la CNMC; el método completo está en excesos de potencia.
Ejemplo calculado, no un cliente: una comunidad con los seis periodos a 20 kW que demanda 24 kW en P1. Los precios son oficiales y la aritmética es comprobable, pero los kW son de ejemplo. Con tu factura delante, la cuenta sale con tus cifras.
Los tres ahorros más frecuentes en comunidades de propietarios
En una factura de comunidad de propietarios el dinero rara vez está en el precio del kWh. Está en estas tres cosas, por este orden.
Potencia heredada de la obra
La potencia que hay contratada es la que puso el promotor cuando se levantó el edificio, calculada con los equipos de entonces y con margen de sobra. Nadie la ha vuelto a mirar desde entonces, y el alumbrado de aquella escalera no era LED.
Se paga los 365 días del añoAlumbrado sin regulación horaria
Escaleras, portal y garaje encendidos más horas de las necesarias, o detectores mal ajustados. Es el consumo que más horas acumula de toda la comunidad, así que un ajuste pequeño se nota mucho.
El consumo con más horasServicios añadidos en el contrato
Mantenimientos, seguros de instalación o cuotas de servicio que se firmaron con el contrato de la luz y siguen ahí. A veces duplicados con el contrato de mantenimiento del ascensor, que ya los cubre.
Cuota fija todos los meses| La línea de la factura | Dónde aparece | Qué hay que mirar |
|---|---|---|
| Potencia contratada | Detalle por periodos | Que no haya seis periodos con la misma cifra heredada de la obra |
| Exceso de potencia | Debajo de la potencia, si lo hay | En qué periodo y cuántos días. Si está a cero, no os pasáis |
| Energía reactiva | Solo en 3.0 TD | Si aparece, hay motores generándola: ascensor o bombas |
| Alquiler del equipo de medida | Cuota fija mensual | Que no se pague alquiler de un contador que ya es propiedad de la comunidad |
| Servicios y mantenimientos | Al final, fuera del suministro | Que no dupliquen lo que ya cubre el contrato del ascensor |
| Impuesto eléctrico e IVA | Sobre el resto | Nada que negociar: se calculan sobre lo anterior |
Las tres primeras líneas son las que mueven dinero de verdad y las tres que nadie mira. Las dos siguientes son las que más veces salen duplicadas.

¿Miramos la factura de vuestra comunidad?
Devolvemos un informe con la potencia por periodo, los excesos, la reactiva y los servicios añadidos. En formato para leerlo en la junta.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40Qué hace falta para cambiar
El cambio de comercializadora es administrativo. No hay obra, ni visita, ni corte de luz en el portal.
- NIF de la comunidadEl de la comunidad, no el del presidente
- CUPS del suministro20 o 22 caracteres, están en la factura
- Una factura completaCon el detalle por periodos, no solo el importe
- Quién firmaPresidente en ejercicio, o el acta que lo autorice
- Cuenta bancaria de la comunidadPara la domiciliación
Mandas una factura
Con el detalle por periodos. Es lo único que hace falta para empezar: de ahí sale la potencia real, los excesos y la reactiva.
Devolvemos el informe
Qué sobra, qué falta y cuánto se recupera al año, con las cifras separadas por concepto para que se pueda leer en voz alta en la junta.
Lo lleváis a la junta
O lo firma el presidente si es gestión ordinaria. Nosotros no vamos a la junta ni presionamos a nadie: el informe se sostiene solo.
Gestionamos el cambio
Con la comercializadora y, si hay que ajustar potencia, con la distribuidora. Sin corte de suministro y sin que nadie tenga que subir al cuarto de contadores.
Si además gestionas varias comunidades, el proceso es el mismo pero en bloque: lo tienes en administradores de fincas.
De dónde salen las cifras de esta página
Para que puedas comprobarlo tú mismo:
- Los peajes de transporte y distribución son los de la Resolución de 18 de diciembre de 2025 de la CNMC, vigentes desde el 1 de enero de 2026.
- Los cargos del sistema son los de la Orden TED/1524/2025, de 23 de diciembre, publicada en el BOE.
- La aplicación de cada tarifa de acceso la fija la Circular 3/2020 de la CNMC.
- No publicamos precios de comercializadora porque en empresa no son públicos: se cotizan caso a caso. Lo que sí es público es esto, y es lo que permite calcular lo que de verdad se puede recuperar.
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Lo que suele preguntar la gente
¿Quién es el titular del contrato de luz de una comunidad?
La comunidad de propietarios, con su propio NIF. No el presidente ni el administrador a título personal. El presidente firma en su nombre porque el artículo 13.3 de la Ley de Propiedad Horizontal le da la representación de la comunidad de propietarios en juicio y fuera de él.
¿Hace falta una junta para cambiar de comercializadora?
Cambiar de comercializadora no es una obra ni una instalación nueva, así que no está entre los acuerdos con mayoría reforzada del artículo 17. Es gestión ordinaria: el administrador la propone y el presidente firma. Aun así, lo sensato es llevarlo a la junta o dejarlo por escrito en un acta, porque compromete un gasto común.
¿Qué potencia necesita una comunidad?
Depende de qué haya en la zona común y, sobre todo, de qué arranca a la vez. Un edificio con un ascensor, alumbrado y portero se mueve en el entorno de los 6 a 10 kW; con garaje, grupo de presión y dos ascensores se pasa fácilmente de 15 kW y entra en 3.0 TD.
La cifra buena no sale de una tabla: sale del máximo que registra tu contador.
¿Mi comunidad está en 2.0 TD o en 3.0 TD?
En 2.0 TD si no supera los 15 kW en ningún periodo. En cuanto supera esos 15 kW en alguno, pasa a 3.0 TD, con seis periodos de potencia, maxímetro y facturación de energía reactiva. Lo pone en tu factura, en el apartado de peaje de acceso.
¿Por qué nos facturan energía reactiva?
Porque a partir de 15 kW se factura, y una comunidad tiene justo lo que la genera: motores de ascensor y bombas. Si el cos φ del periodo baja del umbral, aparece la penalización. Está explicado en energía reactiva.
¿Compensa subir la potencia si pagamos excesos?
Solo si os pasáis muchos días al año, y menos de lo que parece. En 3.0 TD la potencia contratada tiene que ir en escalera (P1 ≤ P2 ≤ … ≤ P6), así que subir P1 obliga a subir todos los demás. En el ejemplo de esta página el punto de equilibrio pasa de 119 a 253 días al año por ese detalle.
¿Qué documentos hacen falta para el cambio?
El NIF de la comunidad, el CUPS del suministro, una factura reciente, los datos de contacto del presidente o del administrador y el acta o la autorización que acredite quién firma. Nada más: el cambio de comercializadora no requiere obra ni visita.
¿Se corta la luz al cambiar de compañía?
No. El cambio de comercializadora es administrativo: la instalación, el contador y la distribuidora siguen siendo los mismos. No hay corte ni técnico en el portal.
¿El administrador de fincas puede firmar por la comunidad?
Puede gestionarlo, y de hecho el artículo 20.1.c) de la Ley de Propiedad Horizontal le encarga atender a la conservación de la casa. La representación la tiene el presidente, así que lo habitual es que el administrador prepare todo y el presidente firme, o que haya un acuerdo de junta que lo autorice expresamente.
¿Cuánto cuesta que reviséis la factura de la comunidad?
Nada. Con una factura completa devolvemos un informe con la potencia que sobra o falta por periodo, los excesos, la reactiva y los servicios añadidos. Sirve para llevarlo a la junta aunque después no cambiéis nada.