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Cargar el coche eléctrico en casa: qué te pueden exigir y qué no

Lo difícil de poner un cargador de coche eléctrico no es el cargador: es la junta, el instalador y tu potencia. Las tres tienen respuesta en el BOE.

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  • Cifras del BOECon la norma citada y su fecha
Permiso de la junta No hace falta
Proyecto, a partir de 50 kW
Subir 2,30 kW 65,39 €/año
Lo que te cuesta 0
La respuesta corta

Si la plaza de garaje es tuya y es individual, basta con avisar a la comunidad: no se vota. El instalador prepara una memoria técnica de diseño, no un proyecto, porque un cargador doméstico no llega ni de lejos a los 50 kW que lo exigirían. Y lo único que de verdad te puede salir caro es subir la potencia contratada, porque eso se paga los doce meses del año.

El vecino que dice que no

La comunidad no vota tu punto de recarga de coche eléctrico

Es el punto donde más gente se rinde, y es el más claro de todos. La Ley de Propiedad Horizontal lo dice con todas las letras en su artículo 17.5:

La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad.

Comunicación previa. No autorización, no acuerdo, no mayoría del coche eléctrico contra el resto del edificio. Avisas y ya está. La junta puede opinar sobre el trazado del cable por zonas comunes, pero no puede negarte la instalación.

Ahora la letra pequeña, que también está en el mismo artículo:

La plaza tiene que ser individual. Es la condición que la ley le pone al coche eléctrico y no admite lectura amable. Si aparcas en una zona mancomunada o de uso rotatorio, este artículo no te ampara y la cosa cambia. Y pagas tú: la ley dice que el coste de la instalación y el consumo de electricidad «serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos». La comunidad no pone un euro, y tampoco tiene por qué.

Qué puede y qué no puede decidir la comunidad de propietarios
La comunidadPuede
Negarte la instalaciónNo, si la plaza es individual y tuya
Votarla en juntaNo hay nada que votar: basta comunicarlo
Opinar sobre el trazado por zonas comunes
Pedirte que pagues túSí, y además lo dice la propia ley

De la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, artículo 17.5 (BOE-A-1960-10906), en su texto consolidado. Consultado el 25 de agosto de 2026.

Guarda la comunicación por escrito y con acuse. No porque haya que pedir permiso, sino porque el requisito legal es comunicar, y lo que no se puede demostrar es como si no se hubiera hecho.

Instalación

Memoria técnica sí, proyecto casi nunca

La instrucción que manda en la recarga del coche eléctrico es la ITC-BT-52 del reglamento de baja tensión, y dice que antes de ejecutar la instalación el instalador o el proyectista deben preparar documentación técnica: memoria técnica de diseño o proyecto, según el caso.

Qué caso es el tuyo lo decide la ITC-BT-04. Para la recarga del coche eléctrico hace falta proyecto en tres supuestos:

Cuándo la recarga exige proyecto y cuándo basta memoria técnica
Instalación de recarga Exige proyecto a partir de Un cargador de casa
En el interior del edificio50 kW No llega
En el exterior10 kW No llega
Con carga en modo 4Sin límite No aplica

El cargador de pared que se pone en casa para un coche eléctrico va en modo 3 y ronda los 3,7 o los 7,4 kW. No se acerca a ninguno de los tres umbrales. Conclusión práctica: memoria técnica de diseño, firmada por un instalador autorizado, y no hay que pagar un proyecto.

Los cuatro esquemas de recarga del coche eléctrico, y cuál te van a proponer

La misma instrucción enumera cuatro formas de conectar la estación de recarga. Vale la pena conocerlas porque de esto depende quién te factura esa electricidad:

1 Colectivo o troncal

Un contador principal en el origen de la instalación, del que cuelgan las plazas. Es el esquema de garajes que se preparan para muchos coches.

Comunidades grandes
2 Contador común con tu casa

La recarga cuelga del contador de tu vivienda. Lo más barato de montar, y por eso el más habitual. Cargas contra tu propia potencia contratada.

El más común
3 Contador propio de la recarga

Un contador solo para la estación. Tiene su propio contrato y su propia potencia, independiente de la de tu casa.

Se paga aparte
4 Circuitos adicionales

Uno o varios circuitos añadidos solo para recargar. Es la variante que se usa cuando ya hay instalación y se amplía.

Ampliaciones

Esquemas de la ITC-BT-52, aprobada por el Real Decreto 1053/2014 (BOE-A-2014-13681), en vigor desde el 30 de junio de 2015 y con la última actualización publicada el 15 de junio de 2022. Umbrales de proyecto, de la ITC-BT-04 en la redacción dada por ese mismo real decreto. Consultado el 25 de agosto de 2026.

La diferencia entre el esquema 2 y el 3 no es técnica, es de bolsillo. Con el 2 cargas contra la potencia de tu casa, así que el cargador compite con el horno y la vitrocerámica. Con el 3 tienes un contrato aparte, y por tanto un término de potencia más que pagar todos los meses. Pregunta cuál te están presupuestando.

Lo que sí cuesta dinero

Subir la potencia se paga los doce meses, cargues o no

Aquí está el gasto que nadie te cuenta en la tienda del cargador. La energía se paga por lo que gastas; la potencia, por tenerla contratada. Y el cargador de coche eléctrico de 7,4 kW sencillamente no cabe en una potencia de 3,45 kW.

La parte regulada de la potencia son 28,43 euros por kilovatio y año, la suma del peaje y de los cargos publicados en el BOE. Sobre eso, cada compañía añade su margen, que varía mucho. Solo con la parte regulada:

Coste regulado anual de subir la potencia contratada
Subida Kilovatios de más Coste regulado al año
De 3,45 a 4,60 kW 1,15 kW 32,69 €
De 3,45 a 5,75 kW 2,30 kW 65,39 €
De 3,45 a 6,90 kW 3,45 kW 98,08 €
De 4,60 a 6,90 kW 2,30 kW 65,39 €

A 28,43 €/kW y año, la suma de peaje y cargos de la tarifa 2.0TD. Es solo la parte regulada: tu compañía añade su margen encima, y ese sí que lo elige ella. El desglose completo y de dónde sale cada sumando están en el precio de la potencia contratada.

La alternativa que casi nadie plantea: cargar el coche eléctrico despacio

Un enchufe doméstico normal entrega entre 2 y 3 kW. Diez horas de noche son de veinte a treinta kilovatios hora. Con el consumo mediano de un eléctrico eso da para más de cien kilómetros diarios, y no hay que tocar la potencia contratada.

Si haces treinta o cuarenta kilómetros al día con el coche eléctrico, que es lo normal, el cargador rápido no te compra tiempo: te compra tiempo que ya tenías, porque el coche está parado toda la noche igualmente. Antes de decidir, pasa por la calculadora de potencia y mira cuánta necesitas de verdad. Y si te vas al cargador grande, el circuito monofásico se queda en 9.200 W: eso es pasar a trifásica. Y si el garaje es de alquiler, son dos permisos. Y para la cuenta entera, kWh al año, coste en valle y en punta y potencia, está la herramienta del coche eléctrico, con la de las dos potencias al lado.

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Lo que no vas a encontrar aquí

Por qué no te ponemos una tabla de ayudas al coche eléctrico

Porque no la podemos sostener con una fuente, y esa es la regla de la casa. El plan de ayudas al coche eléctrico, el MOVES III, nació con el Real Decreto 266/2021. Su artículo de vigencia sigue diciendo hoy, en el texto consolidado del BOE, «hasta el 31 de diciembre de 2023».

Ese artículo se prorrogó tres veces, y la tercera se cayó. Esta es la cadena entera, tal y como la lista el propio BOE en las referencias del real decreto:

1 Real Decreto 821/2023

Del 14 de noviembre. Toca el artículo de vigencia por primera vez, y de paso los anexos con las cuantías.

Prórroga
2 Real Decreto ley 4/2024

Del 26 de junio. Vuelve a tocar el mismo artículo de vigencia, y solo ese.

Prórroga
3 Real Decreto ley 9/2024

Del 23 de diciembre. La tercera prórroga del artículo de vigencia, dentro de un decreto que llevaba muchas otras cosas dentro.

Prórroga
4 Congreso, 22 de enero de 2025

Acuerda derogar aquel decreto entero. Con él se va la prórroga que llevaba dentro, y el artículo de vigencia vuelve a su fecha anterior.

Se deja sin efecto

Cadena tomada de las «Referencias posteriores» del texto consolidado del Real Decreto 266/2021 (BOE-A-2021-5869) y de la Resolución de 22 de enero de 2025 del Congreso de los Diputados (BOE-A-2025-1136). Consultado el 25 de agosto de 2026.

Lo que no vamos a hacer es dar el paso siguiente y decirte que no hay ayudas. Puede haber una convocatoria abierta en tu comunidad autónoma al amparo de otra norma que no modifique aquel real decreto y que, por tanto, no aparece en sus referencias. Eso hay que mirarlo en tu comunidad, con la convocatoria delante y su fecha.

Con el autoconsumo pasó algo parecido y lo contamos aparte, en qué ayudas al autoconsumo quedan: allí el plazo no se prorrogó nunca, y sin embargo se sigue explicando cómo pedirlas.

Si ves una web que te promete un porcentaje concreto de ayuda sin decirte de qué convocatoria sale ni cuándo se publicó, desconfía. Es exactamente el tipo de cifra que caduca sin avisar, y la que más veces hemos visto copiada de un año para otro sin tocar.

De dónde sale cada cifra de esta página

De tres documentos oficiales, abiertos y leídos enteros. Ninguna cifra viene de un blog de coches ni de una nota de prensa de un fabricante.

Roger Martin Asesor energético en TarifaÓptima. Revisa facturas de luz y gas a mano. Consultado el 25 de agosto de 2026
Preguntas

Lo que suele preguntar la gente

¿Puede la comunidad de vecinos impedirme poner un punto de recarga?

No, si la plaza es individual y suya. El artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal dice que la instalación «sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad». No se vota en junta. Lo que sí dice la misma ley es que el coste de la instalación y del consumo los asume íntegramente el interesado.

¿Y si el garaje es colectivo y quieren instalar varios vecinos?

Ahí manda la ITC-BT-52. La pregunta clave es si se instala un SPL: con él, la recarga cuenta con un factor de 0,3 en la previsión de cargas del edificio; sin él, con 1,0, y llega antes el momento de ampliar la línea general.

¿Hace falta proyecto para instalar un cargador en casa?

Para un cargador doméstico, no. La ITC-BT-04 exige proyecto en instalaciones de recarga por encima de 50 kW, 10 kW si están en el exterior, y siempre que haya carga en modo 4. Un cargador de pared de 3,7 o 7,4 kW queda muy por debajo: basta la memoria técnica de diseño que prepara el instalador autorizado.

¿Tengo que subir la potencia contratada para cargar el coche?

Depende del cargador. Uno de 7,4 kW no cabe en una potencia de 3,45 kW. Subir de 3,45 a 5,75 kW cuesta 65,39 euros al año solo en la parte regulada, más el margen de tu compañía. La alternativa es cargar más despacio por un enchufe normal, que para la mayoría de la gente basta.

¿Y las ayudas del MOVES?

No publicamos importes de ayudas. El artículo de vigencia del Real Decreto 266/2021 sigue diciendo en el texto consolidado del BOE «hasta el 31 de diciembre de 2023», y la última prórroga decayó al derogar el Congreso el Real Decreto ley 9/2024 en enero de 2025. Puede haber convocatoria abierta en tu comunidad autónoma al amparo de otra norma: eso hay que mirarlo allí, con la convocatoria delante.

¿Cuánto gasta un coche eléctrico?

La mediana de la base oficial del IDAE son 16,7 kWh cada 100 kilómetros, no los 15 que se repiten. Lo contamos entero, con las 2.486 versiones, en nuestra entrada sobre el consumo del coche eléctrico. Y modelo a modelo, con su batería y su autonomía: cuánto cuesta cargar un Tesla Model 3.