La Orden ITC/1522/2007: de dónde sale la luz «100 % renovable»
Cuando una compañía te vende luz renovable, lo demuestra con garantías de origen. La Orden ITC/1522/2007 dice cómo nacen, quién las expide y cuándo caducan.
Revisión gratuita e independiente: te decimos cuánto puedes ahorrar.- Texto consolidadoLeído en el BOE el 7 de septiembre de 2026
- BOE-A-2007-10868Su código, para que lo compruebes tú
- Con su artículoCada afirmación dice de dónde sale
La Orden ITC/1522/2007 regula las garantías de origen: el certificado de 1 MWh que acredita que una electricidad se produjo con renovables o cogeneración de alta eficiencia. El productor la pide por mes de producción antes del final del mes m+8, la CNMC la expide antes del final del m+10 y caduca el primer día del m+12. El bombeo no cuenta como renovable. Qué significa eso en tu contrato, en la energía verde.
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Qué regula la Orden ITC/1522/2007
El sistema de garantías de origen de la electricidad renovable y de la cogeneración de alta eficiencia: quién puede pedirlas, en qué plazos, cómo se expiden, exportan, importan y cancelan, y cómo se reflejan en la factura. La CNMC gestiona el sistema; los incumplimientos se sancionan por la Ley 24/2013.
En vigorDerogada enteraVigente solo en parte
Lo que dice la Orden ITC/1522/2007, artículo por artículo
De la versión consolidada del BOE, con la redacción de la Orden TED/1252/2025, leída el 25 de septiembre de 2026.
| Artículo | De qué va | Lo que fija |
|---|---|---|
| Art. 2 | El bombeo no es renovable | La electricidad de bombeo con agua bombeada aguas arriba «no debe considerarse electricidad producida a partir de fuentes renovables» |
| Art. 4.1 | Un MWh cada una | «Las garantías de origen tendrán un formato normalizado de 1 MWh» |
| Art. 6.1 | Todo por vía electrónica | La gestión del sistema se hace «obligatoriamente por procedimientos y medios electrónicos» |
| Art. 6.2 | Por tecnología | «Las garantías serán identificables por tecnología» |
| Art. 8.1 | Plazo para pedirlas | Antes del último día del mes m+8 y, en todo caso, antes del 31 de enero de cada año |
| Art. 8.4 | Nada por adelantado | No se puede pedir por la energía «que vaya a ser producida» |
| Art. 8.5 | Nunca más que la producción neta | El total no puede superar la producción eléctrica neta del periodo |
| Art. 8.2.c | Sin doble certificado | El productor declara no pedir otras garantías «ni certificaciones similares» por la misma energía |
| Art. 9 | Plazo para expedirlas | Antes del último día del mes m+10 y del 28 de febrero para las del año anterior |
| Art. 11.1 | Las extranjeras, con reservas | Si hay dudas sobre una garantía de otro país, la CNMC «podrá negar el reconocimiento» |
| Art. 11.2 | Solo exporta el productor | La exportación «sólo podrá ser realizada por los titulares de las instalaciones» de generación |
| Art. 12.2 | Exportada, no vale aquí | Las garantías exportadas «no podrán ser redimidas en España» |
| Art. 12.4 | Caducidad | Se cancelan solas el primer día del mes m+12, y desde el 31 de marzo no se redimen las del año anterior |
| Art. 14 | Sanciones | Por el régimen del Título X de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico |
Las filas del artículo 12 explican por qué una comercializadora no puede llamar renovable a cualquier luz. Tiene que redimir garantías por la energía que vende, y una garantía exportada o caducada ya no le sirve.

Luz renovable no siempre es luz más cara
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Enviar mi factura↗o llama al 681 80 29 40Cuatro cosas de la Orden ITC/1522/2007 que casi nadie sabe
Salen del texto consolidado vigente y de sus notas de modificación.
- El bombeo no cuentaUna central de bombeo usa agua que antes subió gastando luz. La orden la saca expresamente de lo renovable.
- Nada se certifica por adelantadoLas garantías se piden sobre energía ya producida y medida, mes a mes. Nunca sobre la que se va a producir.
- La factura parte de la mezcla globalEl origen que ves en tu factura se calcula desde la mezcla global de generación y se ajusta con las garantías redimidas.
- Desde 2025, solo el productor exportaLa Orden TED/1252/2025 limitó la exportación de garantías a los titulares de las centrales.
Cómo leer el origen en tu factura. La etiqueta de tu factura no mide los electrones que llegan a tu casa: esos salen de la misma red para todos. Parte de la mezcla global de generación del sistema y se corrige con los certificados que tu comercializadora ha redimido por la energía que te vende. Si tu compañía anuncia luz renovable, tiene que haber cancelado certificados por ese volumen antes del 31 de marzo del año siguiente, y certificados que no se hayan exportado. Qué preguntar antes de firmar, en la energía verde.
Dónde se aplica la Orden ITC/1522/2007 en este sitio
Es la norma detrás de cada oferta de luz «100 % renovable».
Lo que suele preguntar la gente
¿Qué es una garantía de origen?
Un certificado electrónico de 1 MWh que acredita que esa electricidad se produjo con renovables o cogeneración de alta eficiencia. Lo regula la Orden ITC/1522/2007.
¿Quién expide las garantías de origen?
La CNMC, a petición del titular de la central, antes del último día del mes m+10 desde la producción.
¿Cuándo caduca una garantía de origen?
El primer día del mes m+12 si no se ha cancelado antes. Desde el 31 de marzo ya no se pueden redimir las del año anterior.
¿La luz de bombeo es renovable?
No. La orden dice expresamente que la electricidad de bombeo con agua bombeada aguas arriba no se considera renovable.
¿Se pueden vender garantías de origen a otro país?
Sí, pero solo las exporta el titular de la central, y una garantía exportada ya no se puede redimir en España.
¿Sigue vigente la Orden ITC/1522/2007?
Sí. Su última modificación es la Orden TED/1252/2025, vigente desde el 8 de noviembre de 2025. Solo tiene derogados el artículo 15 y la disposición final.
¿Qué pasa si una compañía incumple la orden?
Se le aplica el régimen de infracciones y sanciones del Título X de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.