Placas solares en el IRPF: la deducción es la del 40 %
La deducción del 20 % no sirve para placas. La que sí es la del 40 %, con dos certificados y plazo hasta el 31 de diciembre de 2026.
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- Leído el 25/08/2026Texto consolidado del IRPF
- Con su fecha de finY avisamos de que caduca
Cuál de las tres deducciones del IRPF te toca
La deducción del IRPF por eficiencia energética son en realidad tres, y la disposición adicional quincuagésima de la Ley del IRPF les da un apartado a cada una, y cada uno pide una cosa distinta. Solo uno encaja con una instalación solar.
Las tres, con lo que exige cada una
| Deducción | Qué hay que acreditar | Base máxima al año | ¿Sirve para placas? |
|---|---|---|---|
| 20 % | Reducir «al menos un 7 por ciento la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración» | 5.000 € | No. Unas placas no reducen esa demanda |
| 40 % | Reducir «al menos un 30 por ciento el indicador de consumo de energía primaria no renovable», o llegar a clase A o B | 7.500 € | Sí, si se acredita ese salto |
| 60 % | Lo mismo que el 40 %, pero del edificio entero, de uso predominante residencial | 5.000 € | Sí, en instalación comunitaria |
Este es el error que más se repite en los presupuestos de placas: prometer «la deducción del 20 % del IRPF». Ese apartado habla de calefacción y refrigeración, y unas placas no cambian esos indicadores. La deducción existe, es real y es mayor, pero es la del 40 % y pide otra cosa.
Cómo saber cuál de las deducciones del IRPF te toca
Si la instalación es comunitaria y la paga la comunidad, la deducción del IRPF que toca es la del 60 %, y excluye a las otras dos.
Sí, es comunitariaEntonces la del 20 % queda descartada: pide reducir demanda de calefacción y refrigeración, y unas placas no tocan ese indicador.
Queda la del 40 %O llegas a clase A o B. Si sí, tienes la deducción del IRPF del 40 %. Si no llegas, no hay deducción por esta vía.
Con dos certificadosPuede que llegues al 7 % de demanda del apartado 1, pero hay que elegir: una misma obra no da derecho a las dos deducciones del IRPF.
Una u otra, nunca las dosQué hay que acreditar para la deducción del IRPF del 40 %
No basta con la factura de las placas. La norma pide una prueba técnica, y son dos documentos, no uno.
Los dos certificados, antes y después
- Un certificado de antes.El «expedido antes del inicio de las mismas», es decir, antes de empezar la obra. Si no lo tienes, ya no hay forma de conseguirlo después.
- Y no vale uno de hace años.El apartado 5 pone una caducidad que casi nadie cita: el certificado previo sirve «siempre que no hubiera transcurrido un plazo de dos años entre la fecha de su expedición y la del inicio» de las obras. El que te hicieron al vender o alquilar el piso hace tres años no sirve para esto.
- Expedidos y registrados.Son dos pasos, no uno. El mismo apartado 5 exige que los certificados «deberán haber sido expedidos y registrados con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 390/2021». El registro lo lleva tu comunidad autónoma y es lo que suele quedarse a medias: un certificado firmado por el técnico pero sin número de registro no acredita nada. Cómo se pide y qué tarda está en cómo se obtiene el certificado energético.
- Y otro de después.«Expedido por el técnico competente después de la realización de aquéllas.» Comparando los dos se demuestra la mejora.
- El salto que hay que demostrar.Reducir el indicador de consumo de energía primaria no renovable un 30 % o más, o alcanzar clase A o B «en la misma escala de calificación».
- El certificado también entra en la base.Se puede deducir lo pagado «a las personas o entidades que expidan los citados certificados», no solo la obra.
El plazo de la deducción del IRPF, que es lo que aprieta
Hay dos fechas y hay que cumplir las dos. La segunda es la que se olvida.
Dos fechas, no una
| Apartado | Obras pagadas hasta | Certificado expedido antes de |
|---|---|---|
| 20 % y 40 % | 31 de diciembre de 2026 | 1 de enero de 2027 |
| 60 %, edificio completo | 31 de diciembre de 2027 | 1 de enero de 2028 |
| Si la vivienda es de alquiler | Igual, pero además tiene que alquilarse «antes de 31 de diciembre de 2027» | Igual |
Y el año en que se aplica no es el del pago
La norma lo dice sin rodeos: «la deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras». Si pagas en 2026 y el certificado sale en 2027, la deducción no cabe, porque ese certificado tenía que estar antes del 1 de enero. Conviene encajarlo con el resto del calendario de la instalación, que está en el trámite del código de autoconsumo.

¿Vas a poner placas y no sabes si llegas al plazo?
Mándanos el presupuesto y te decimos qué certificados te hacen falta, en qué orden y qué parte de lo que pagas entra en la base de la deducción.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40Qué entra en la base de la deducción del IRPF, y qué la deja fuera
El apartado 4 es el que más gente se salta, y contiene dos condiciones que pueden tumbar la deducción entera.
Lo que suma
Entra en la base
«Honorarios profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obras, coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales» y lo pagado por los certificados.
Se resta
Las subvenciones. Hay que descontar lo que «hubiera sido subvencionado […] o fuera a serlo en virtud de resolución definitiva de la concesión». Si has pedido una ayuda autonómica, cuenta aunque aún no la hayas cobrado.
Tumba la deducción
Pagar en efectivo. «En ningún caso darán derecho a practicar deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.»
Cambiar la caldera de gas no entra en la base. El mismo apartado 4 lo dice sin matices: «no se considerarán en dichas cantidades los costes relativos a la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil». Es la exclusión que más dinero deja fuera y la que menos se publica, porque cambiar la caldera es justo la reforma que más gente hace pensando que deduce. Una caldera de gas o una de gasóleo no suman al importe deducible, por mucho que la vivienda mejore de letra con el cambio.
Y dónde no se puede hacer la obra
Para el 20 % y el 40 %, quedan fuera «las partes de las viviendas afectas a una actividad económica, plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos». En la del 60 %, en cambio, «se asimilarán a viviendas las plazas de garaje y trasteros que se hubieran adquirido con estas».
Las deducciones del IRPF no se suman entre sí
Tres reglas de incompatibilidad, en dos frases de la norma, que conviene tener claras antes de repartir facturas.
Qué excluye a qué
- El 20 % y el 40 % no se acumulan.«En ningún caso, una misma obra realizada en una vivienda dará derecho a las deducciones previstas en los apartados 1 y 2 anteriores.» Se elige una.
- Y la del edificio manda.Si la mejora y el dinero corresponden a «actuaciones realizadas en el conjunto del edificio» y procede el 60 %, no caben ni el 20 % ni el 40 %.
- La del 60 % sí tiene arrastre.Lo que exceda de los 5.000 € anuales se puede deducir «en los cuatro ejercicios siguientes», con un tope acumulado de 15.000 €.
- Y solo la parte residencial.«No darán derecho a practicar esta deducción por las obras realizadas en la parte de la vivienda que se encuentre afecta a una actividad económica.»
Esta página caduca sola, y lo decimos. Los apartados que sirven para placas cubren obras pagadas hasta el 31 de diciembre de 2026. Si no se prorroga, en enero de 2027 esto pasa a hablar en pasado. La fecha está apuntada en nuestro control de caducidades para revisarla, no para que la descubra un lector.
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Lo que suele preguntar la gente
¿Se pueden desgravar las placas solares en el IRPF?
Sí, pero por la deducción del 40 %, no por la del 20 %. La del 20 % exige reducir la demanda de calefacción y refrigeración, y las placas no la reducen. La del 40 % exige mejorar el consumo de energía primaria no renovable, que es lo que sí hacen.
¿Qué hay que acreditar exactamente?
Que se reduce «al menos un 30 por ciento el indicador de consumo de energía primaria no renovable», o bien que la vivienda pasa a clase energética A o B. Con dos certificados de eficiencia energética: uno de antes de las obras y otro de después.
¿Hasta cuándo está en vigor?
Las obras tienen que pagarse hasta el 31 de diciembre de 2026, y el certificado posterior «deberá ser expedido antes de 1 de enero de 2027». La deducción del 60 % para edificios completos llega hasta el 31 de diciembre de 2027.
¿Cuánto me puedo deducir como máximo?
La base máxima anual de la deducción del 40 % es de 7.500 euros. Sobre esa base se aplica el 40 %, así que el tope efectivo son 3.000 euros al año. La del 20 % tiene una base máxima de 5.000 euros.
¿Puedo pagar en efectivo?
No, y es motivo de exclusión. La norma exige pagar «mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito», y añade que «en ningún caso darán derecho a practicar deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal».
¿Y si me han dado una subvención por las placas?
Se resta de la base. Hay que descontar las cuantías «que hubieran sido subvencionadas a través de un programa de ayudas públicas o fueran a serlo en virtud de resolución definitiva de la concesión de tales ayudas». Solo se deduce lo que has puesto tú.
¿En qué año se aplica la deducción?
En el del certificado, no en el del pago. «La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras.»