La lista de suministros esenciales incluye un caso doméstico
La norma declara esenciales unos cuantos suministros que no pueden cortarse: hospitales, el agua potable, los bomberos, los juzgados. Y uno más, que es una casa.
Real Decreto 88/2026, artículo 53.1.i. Es esencial el suministro doméstico en el que exista «constancia documental formalizada por personal médico de que el suministro de energía eléctrica es imprescindible para la alimentación de un equipo médico que resulte indispensable para mantener con vida a una persona», incluidas las personas electrodependientes.
La clave está en las tres primeras palabras: constancia documental formalizada. No basta con contarlo por teléfono. Hace falta el documento médico y que la compañía lo tenga.