Certificado energético en Andalucía: 1,4 millones de registros a la vista
La Junta tiene el registro más grande de España y se consulta sin certificado digital: al leerlo, el contador marcaba 1.466.486 registros. Con la referencia catastral sabes en un minuto si el certificado que te enseñan existe.
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En Andalucía el registro se llama Registro de Certificados Energéticos Andaluces, lo regula la Orden de 9 de diciembre de 2014 y tiene una consulta pública telemática y gratuita a la que se entra sin certificado digital. El plazo para inscribir un certificado de edificio existente es de un mes desde su emisión. La consulta exige al menos un criterio: referencia catastral, calificación, calle, localidad, provincia o número de registro.
Lo que la Orden andaluza fija, y lo que no
La Orden de 9 de diciembre de 2014 regula el registro. Estas son las piezas que afectan a quien vende, compra o alquila.
- Un mes para inscribir el certificadoArtículo 6: para un edificio existente, «el plazo será de un mes a contar desde el día siguiente al de la emisión del certificado». La renovación, antes de que caduque.
- Qué datos son públicosArtículo 17.2: referencia catastral, localización, código postal, superficie, altura, plantas, uso, consumo de energía primaria, emisiones, CNAE, calificación, fecha de expedición y fecha de validez. Nada del propietario.
- El registro es público e informativoArtículo 2.2: «no supondrá la acreditación del cumplimiento de ningún otro requisito exigible al edificio». Que esté inscrito no dice nada de licencias ni habitabilidad.
- El responsable es el propietario o promotorArtículo 5. El técnico puede presentarlo, pero la obligación de inscribir es de quien vende o alquila.
- La base se actualiza a días fijosLa oficina virtual advierte de sus ventanas de actualización. Un certificado inscrito hoy puede tardar en verse: si no aparece, vuelve a mirar antes de dar por hecho que no está.
- Lo que no publicamos: la tasaNi la Orden ni la ficha del trámite que pudimos leer dan un importe. No lo inventamos; pídelo al presentar.
Cómo comprobar un certificado en el registro andaluz
La consulta está en la oficina virtual de la Consejería de Industria, Energía y Minas. No pide identificarse.
Entra en la consulta pública del registro
Es la «Consulta Pública Registro de Certificados Energéticos Andaluces» de la oficina virtual. Se accede sin certificado digital; la propia pantalla lo dice.
Pon al menos un criterio
«Es obligatorio aplicar al menos un criterio de búsqueda.» Los campos son referencia catastral, clasificación energética por emisiones, nombre de vía, número, localidad, provincia y número de registro.
Usa la referencia catastral
Es el campo que no admite variantes. La dirección sí las tiene, y con 1,4 millones de registros una calle mal escrita devuelve nada o demasiado.
Mira la fecha de validez
La Orden obliga a publicar la fecha de expedición y la de validez. Si la segunda ya pasó, el certificado existe pero no sirve para vender ni alquilar.

¿Lo miramos contigo?
Dinos la referencia catastral y te decimos si está inscrito, cuándo caduca y qué falta para firmar. Gratis.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40El reparto en Andalucía
Qué depende del Estado, qué de la Junta y qué del técnico.
| Asunto | De quién depende | Dónde se comprueba |
|---|---|---|
| Cuándo obliga el certificado | Estado · RD 390/2021 | BOE |
| Validez de diez años, cinco si es G | Estado · RD 390/2021 | BOE |
| Quién puede ser técnico competente | Estado · RD 659/2025 | BOE |
| Las multas y su cuantía | Estado · RDL 7/2015 | BOE |
| El registro y su plazo de un mes | Junta · Orden de 9/12/2014 | Oficina virtual |
| Los datos que se pueden consultar | Junta · art. 17 de la Orden | Consulta pública |
| Emitir el certificado y calcular la letra | El técnico competente | El propio certificado |
Las filas del Estado salen del Real Decreto 390/2021, del Real Decreto 659/2025 y del Real Decreto Legislativo 7/2015, leídos en el BOE. Las de la Junta, de la Orden de 9 de diciembre de 2014 (texto publicado por el MITECO) y de la consulta pública de la oficina virtual, leídas el 6 de septiembre de 2026.
Lo que se repite en Andalucía y lo que dice la Orden
Tres frases que se oyen al vender un piso en Andalucía, puestas al lado del texto de la Orden de 9 de diciembre de 2014 y de la consulta pública de la Junta.
- Para comprobarloHay que pedirlo a la Junta
- Hace faltaCertificado digital
- Plazo para inscribirNo corre prisa
- Para comprobarloConsulta pública, gratuita
- Hace faltaUn criterio de búsqueda
- Plazo para inscribirUn mes desde la emisión
Leído el 6 de septiembre de 2026 en la consulta pública de la oficina virtual y en la Orden de 9 de diciembre de 2014, artículos 6 y 17.
Tres errores que en Andalucía se evitan con una búsqueda
El registro es público. Lo raro es no usarlo.
Buscar por calle y rendirse
Con más de un millón de registros, una vía con variantes devuelve ruido. La referencia catastral es el criterio que no falla.
Usa la catastralDar por válido un certificado caducado
La consulta muestra la fecha de validez. Diez años, cinco si es G: si pasó, hay que renovar antes de firmar.
Mira la fechaInscribirlo fuera de plazo
Un mes desde la emisión. No presentarlo a registro es infracción, y el responsable es el propietario.
Un mes
Y la luz de la vivienda
Si vendes o alquilas en Andalucía, además del certificado hay cambio de titular y potencia que revisar. Lo miramos junto.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40«En Andalucía la pregunta «¿existe este certificado?» se responde sin pedir permiso a nadie: la consulta es pública, gratuita y sin certificado digital.»
¿Prefieres que lo hagamos nosotros?
Nos ocupamos del trámite entero y te contamos cómo va. Gratis: cobramos de la comercializadora, no de ti.
Cómo se ha hecho esta página
Para que puedas juzgar si fiarte de esta página:
- Los plazos y requisitos salen de la normativa vigente y de lo que publica cada distribuidora, no de otros comparadores.
- No publicamos importes que no hayamos podido verificar en fuente primaria. Si ves una cifra aquí, lleva su fuente al lado.
- Si encuentras un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos.
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Lo que suele preguntar la gente
¿Quién lleva el registro del certificado energético en Andalucía?
La Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en energía. Se llama Registro de Certificados Energéticos Andaluces y lo regula la Orden de 9 de diciembre de 2014.
¿Puedo consultar si un certificado está registrado?
Sí, sin certificado digital, en la consulta pública de la oficina virtual. Hay que poner al menos un criterio: referencia catastral, calificación, vía, localidad, provincia o número de registro.
¿Qué plazo hay para inscribir el certificado?
Un mes desde el día siguiente a su emisión, para edificios existentes. Lo fija el artículo 6 de la Orden.
¿Cuánto cuesta registrar el certificado en Andalucía?
No publicamos un importe: ni la Orden ni la ficha que leímos el 6 de septiembre de 2026 lo dan. La consulta pública sí es gratuita, por el artículo 17.
¿Qué datos del certificado son públicos?
Referencia catastral, localización, código postal, superficie, altura, plantas, uso, consumo de energía primaria, emisiones, CNAE, calificación y fechas de expedición y validez. Ningún dato del propietario.
¿Cambia la validez del certificado en Andalucía?
No. Los diez años, o cinco si es G, los fija el Real Decreto 390/2021 para toda España. La Junta solo lleva el registro y sus plazos.