Validez del certificado energético: diez años, o cinco
La respuesta que circula es «diez años» y está incompleta: el decreto dice diez salvo si la calificación es G, que son cinco. Y la G es habitual.
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El certificado energético tiene una validez máxima de diez años, excepto cuando la calificación es G: en ese caso son cinco. El responsable de renovarlo es el propietario, y las condiciones concretas de renovación las fija el órgano competente de cada comunidad autónoma. También se puede actualizar antes, de forma voluntaria, si la vivienda cambia.
Validez y renovación: qué dice el artículo 13
Son tres apartados cortos y cada uno resuelve una duda distinta.
- Validez máxima de diez años, salvo la GEl apartado 1 lo dice así: «tendrá una validez máxima de diez años, excepto cuando la calificación energética sea G, cuya validez máxima será de cinco años». Es una excepción por letra, no por antigüedad del inmueble.
- Las condiciones de renovación las pone tu comunidad autónomaEl apartado 2 remite al órgano competente de cada comunidad para fijar las condiciones específicas de renovación o actualización. Por eso el trámite no es idéntico en toda España.
- El responsable es el propietarioEl apartado 3 no deja lugar a dudas: «el propietario del edificio será responsable de la renovación o actualización». No el técnico que lo firmó ni la agencia que lo gestionó.
- Y se puede actualizar antes, voluntariamenteEl mismo apartado permite actualizarlo cuando el propietario considere que hay variaciones en el edificio o en los parámetros de cálculo que puedan modificar la calificación.
- Caducado no es lo mismo que inexistenteUn certificado caducado no sirve para firmar ni para anunciar, pero el inmueble no queda «sin calificar»: hay que rehacerlo, y ahí sí se empieza de cero.
- Y si has reformado, puede que la letra subaActualizar tras una reforma de eficiencia suele mejorar la calificación. Y si esa reforma entra en los supuestos del artículo 3.1.d, el certificado era obligatorio de todos modos.
Cómo saber si tu certificado energético sigue en vigor
Tres comprobaciones, y la primera decide las otras dos.
Mira la letra de la calificación
Si es G, cuenta cinco años desde la fecha del certificado. Si va de la A a la F, cuenta diez. Es lo primero, porque cambia el resto del cálculo.
Comprueba la fecha de registro, no solo la de emisión
El certificado que tiene efectos es el registrado. Si entre la emisión y el registro pasaron semanas, es la referencia registrada la que consta ante la administración.
Y mira si la vivienda ha cambiado desde entonces
El propietario puede actualizarlo voluntariamente cuando considere que hay variaciones que puedan modificar la calificación. Una reforma de aislamiento o un cambio de caldera suelen mejorar la letra.

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Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40Cuándo caduca el tuyo
La única variable es la calificación. Con la fecha del certificado delante, la cuenta es directa.
| Calificación | Validez máxima | Emitido en 2019, caduca |
|---|---|---|
| A | 10 años | 2029 |
| B | 10 años | 2029 |
| C | 10 años | 2029 |
| D | 10 años | 2029 |
| E | 10 años | 2029 |
| F | 10 años | 2029 |
| G | 5 años | 2024, ya caducado |
Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, artículo 13.1, texto consolidado en el BOE (BOE-A-2021-9176), consultado el 18 de agosto de 2026. La columna de la derecha es un ejemplo con una emisión en 2019 para que se vea el efecto de la excepción: el mismo año de emisión da un certificado vigente o uno caducado según la letra. Las condiciones concretas de renovación las fija el órgano competente de cada comunidad autónoma, así que el trámite puede variar.
Tres formas de llegar tarde
Las tres tienen el mismo origen: dar por buena la respuesta corta.
Contar diez años sobre un certificado G
Es el error de esta página. Un certificado con calificación G emitido hace seis años ya está caducado, y con él no se puede ni firmar ni anunciar.
Cinco años, no diezDescubrirlo la semana de la firma
Rehacer un certificado exige visita del técnico y registro en la comunidad autónoma. No es un trámite de un día, y la firma no espera.
Se retrasa la operaciónDejar el anuncio publicado después de que caduque
El anuncio se vuelve sancionable solo con que pase el tiempo. Publicitar con un certificado que ya no está en vigor es infracción muy grave.
1.001 a 6.000 €
Y la factura de ese inmueble
Si es una vivienda que no usas, la potencia contratada se paga igual todos los días. Lo miramos.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40«Los certificados que nos traen caducados son casi siempre G. Es la letra más común en vivienda antigua y la única que dura la mitad, y esas dos cosas juntas explican el problema.»
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Cómo se ha hecho esta página
Para que puedas juzgar si fiarte de esta página:
- Los plazos y requisitos salen de la normativa vigente y de lo que publica cada distribuidora, no de otros comparadores.
- No publicamos importes que no hayamos podido verificar en fuente primaria. Si ves una cifra aquí, lleva su fuente al lado.
- Si encuentras un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos.
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Lo que suele preguntar la gente
¿Cuánto dura el certificado energético?
Diez años como máximo, salvo que la calificación sea G: en ese caso la validez máxima es de cinco años. Lo fija el artículo 13.1 del Real Decreto 390/2021.
¿Por qué el certificado G dura menos?
Porque el decreto establece esa excepción expresamente. La G es la peor calificación de la escala y el plazo corto empuja a revisarla antes.
¿Quién tiene que renovarlo?
El propietario del edificio. El artículo 13.3 lo dice con esas palabras, y las condiciones concretas las fija el órgano competente de cada comunidad autónoma.
¿Puedo actualizarlo antes de que caduque?
Sí, voluntariamente, cuando consideres que hay variaciones en el edificio o en los parámetros de cálculo que puedan modificar la calificación. Tras una reforma de eficiencia suele compensar.
¿Qué pasa si firmo con uno caducado?
No sirve: vender o alquilar sin entregar un certificado válido y en vigor es infracción grave, y anunciar con él es muy grave.