Sin cédula, la compañía no puede contratarte la luz
Esto no es una costumbre local ni una manía de una comercializadora concreta. Está escrito en la Ley 2/2007 de Vivienda de La Rioja, y es una prohibición dirigida a las suministradoras, no a ti.
Artículo 6.4, literal: «Las compañías suministradoras de los servicios de abastecimiento de agua, energía eléctrica, gas e infraestructuras de telecomunicaciones no podrán contratar e iniciar el suministro sin la previa acreditación de la obtención de la cédula de habitabilidad.»
Por eso un alta en Logroño se cae a veces sin que nadie te explique bien por qué. La comercializadora no está siendo quisquillosa: tiene prohibido contratar sin ese documento.
Y aplica a las cuatro cosas a la vez, agua, luz, gas y telecomunicaciones. Si te ha pasado con una, te va a pasar con las demás.