Las tres señales que delatan a un falso inspector
El Real Decreto 919/2006 regula la inspección periódica del gas, y de él salen tres cosas que cualquiera puede comprobar en la puerta.
Quién viene: la hace una empresa instaladora habilitada o tu distribuidora, y eliges tú cuál. El aviso: si la hace la distribuidora, avisa con cinco días de antelación y te dice la fecha. El precio: si la hace la distribuidora, no puede superar los costes regulados.
De ahí sale la regla práctica: quien se presenta sin avisar, no te deja elegir y pone precio en el rellano no está haciendo la inspección del reglamento.
Y el cobro va por los cauces normales de facturación, nunca en efectivo en el momento. El detalle completo está en esta página.