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La inspección de gas: la eliges tú, y te avisan con cinco días

El reglamento obliga a inspeccionar el gas cada cinco años. Lo que casi nadie sabe: eliges tú quién la hace, y tienen que avisarte con cinco días.

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Cada5 años
Quién la haceLa eliges
Aviso mínimo5 días
Precio si la hace la redTopado
La respuesta corta

La inspección periódica de gas toca cada cinco años desde la puesta en servicio o desde la última. La puede hacer una empresa instaladora habilitada o tu distribuidora, y eliges tú. Si la hace la distribuidora, el precio está topado por los costes regulados y debe avisarte con cinco días. Una de ellas publica esos costes: son los de la distribuidora de gas del norte.

5 años
es el plazo, desde la puesta en servicio o la últimaFuente: BOE · RD 919/2006
5 días
de aviso mínimo si la hace la distribuidoraFuente: BOE · el mismo reglamento
2 opciones
instalador habilitado o distribuidora, a tu elecciónFuente: BOE · el mismo reglamento
70 kW
es la frontera que cambia qué se revisaFuente: BOE · el mismo reglamento
Lo que hace falta

Qué se revisa, y hasta dónde

Si la contratas fuera, avisa a tu distribuidora: hay quien te la repite y te la cobra si no lo sabe. El alcance cambia según la potencia instalada, y la frontera está en los 70 kW. Es lo que separa un piso de una caldera de comunidad.

El alcance según tu instalación
  • Hasta 70 kW: de la llave de usuario a los aparatosY los aparatos entran: la caldera, el calentador y la cocina se revisan también
  • Más de 70 kW o calefacción centralizada: de la llave de edificio a la conexiónAquí los aparatos quedan fuera del alcance de esta inspección
  • La hace un instalador habilitado o la distribuidoraLas dos opciones son válidas según el reglamento, y eliges tú cuál
  • El coste se te repercute a tiPero si la hace la distribuidora no puede superar los costes regulados
El coste lo asume la comercializadora que contrates al final, no tu bolsillo. Cero llamadas.
Paso a paso

Cómo funciona la inspección de gas

El reglamento fija el plazo y quién puede hacerla. Lo demás lo decides tú.

Mira cuándo te toca

Cinco años desde la puesta en servicio de la instalación o desde la última inspección. El reglamento dice «dentro del año natural de vencimiento», así que hay margen dentro de ese año.

Decide quién la hace

Una empresa instaladora de gas habilitada o tu distribuidora. Las dos valen y la elección es tuya. Si no eliges, acabará viniendo la distribuidora.

Si viene la distribuidora, tiene que avisarte

Con una antelación mínima de cinco días, y diciéndote la fecha de la visita. Es el reglamento, no una cortesía.

Guarda el certificado

Quien la hace entrega una copia al titular y manda otra a la distribuidora. Esa copia es la que prueba que estás al día.

Factura revisadapor una personaMascota de TarifaÓptima presentando el análisis de una factura

¿Y de paso miramos la factura?

Ya que estás con el gas, podemos ver si el precio que pagas es el que te corresponde. Gratis y sin pedirte contraseñas.

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Cómo distinguirla de un fraude

La inspección de gas de verdad y la que no lo es

El fraude del falso inspector de gas lleva años funcionando. El reglamento da tres señales que lo delatan sin necesidad de saber nada técnico.

Diferencias entre la inspección periódica reglamentaria y un fraude
SeñalLa inspección realEl fraude
El avisoCon cinco días mínimo si la hace la distribuidoraSe presenta sin avisar, o avisa el mismo día
Quién vieneQuien tú has elegido: instalador habilitado o distribuidoraAlguien que dices que no esperabas
El precioTopado por los costes regulados si la hace la distribuidoraUna cifra que se decide en tu puerta
El cobroVa en tu factura o lo factura el instalador que contratasteEn efectivo y en el momento
El papelCertificado de inspección, con copia para ti y para la redUn papel sin membrete, o ninguno

Las cuatro condiciones de la columna del centro salen del Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, publicado en el BOE con la referencia BOE-A-2006-15345. Consultado el 19 de agosto de 2026. Ante la duda, no abras y llama a tu distribuidora para confirmar la visita.

Si alguien se presenta en tu puerta sin haber avisado con cinco días, no abras. Llama a tu distribuidora y pregunta si esa visita existe. La inspección de verdad la eliges tú y viene con fecha acordada.

Lo que sale caro

Tres formas de que la inspección de gas salga cara

Ninguna de las tres tiene que ver con la instalación: tienen que ver con no saber lo que dice el reglamento.

Dejar que venga quien aparezca

La inspección la puede hacer una empresa instaladora habilitada o tu distribuidora, y la eliges tú. Si no eliges, decide otro por ti.

Eliges tú

Pagar en efectivo en la puerta

Si la hace la distribuidora, el precio no puede superar los costes regulados y va por los cauces normales de facturación. Una cifra improvisada en el rellano no es eso.

Precio topado

Abrir a quien no ha avisado

La distribuidora tiene que avisar con cinco días de antelación y decirte la fecha. Sin ese aviso, la visita no es la inspección del reglamento.

Cinco días
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¿Dudas con una visita de gas?

Si alguien te ha llamado o se ha presentado y no lo tienes claro, escríbenos y te decimos qué comprobar antes de abrir.

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«Esta página existe porque el fraude del falso inspector de gas sigue funcionando, y se desmonta con tres datos que están en el reglamento y que nadie cuenta.»

Roger MartinAsesor energético · TarifaÓptima
Roger Martin, asesor energético de TarifaÓptima

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Hacemos el papeleo completo y te avisamos en cada paso. No te cuesta nada: la comisión la paga la compañía.

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Cómo se ha hecho esta página

Cómo se ha hecho esta página, por si quieres comprobarlo:

  • Requisitos y plazos contrastados con la normativa y con lo que publica cada distribuidora en su propia web.
  • Ningún importe sin fuente y fecha. Preferimos decir «depende de tu caso» antes que copiar una cifra que no hemos verificado.
  • Si algo ha cambiado y aquí sigue viejo, avísanos y lo actualizamos.
Roger Martin Asesor energético en TarifaÓptima. Tramita altas, cambios de titular y bajas a diario. Actualizado el 19 de agosto de 2026

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Preguntas

Lo que suele preguntar la gente

¿Cada cuánto hay que inspeccionar la instalación de gas?

Cada cinco años, contados desde la puesta en servicio de la instalación o desde la última inspección. El reglamento permite hacerla dentro del año natural en que se cumple ese plazo.

¿Es lo mismo que la revisión de la caldera?

No. La inspección de gas mira la instalación y va por el Real Decreto 919/2006. El mantenimiento de la caldera lo ordena el RITE, con otras periodicidades y otra empresa. Te pueden tocar las dos, en años distintos.

¿Puede repararme la avería el que me inspecciona?

No. El apartado 9 de la disposición adicional primera de el Real Decreto 984/2015 lo prohíbe: quien hace la inspección no puede reparar las anomalías que detecte.

¿Puedo elegir yo la empresa que la haga?

Sí, siempre. El artículo 7.2 de el Real Decreto 919/2006 te da «la facultad de elegir libremente la empresa». Y si eliges al distribuidor, su precio no puede superar los costes regulados.

¿Quién puede hacer la inspección de gas?

Una empresa instaladora de gas habilitada o tu distribuidora, y la elección es tuya. Las dos opciones son válidas según el Real Decreto 919/2006.

¿Cuánto cuesta la inspección periódica de gas?

El coste se repercute al usuario. Si la hace la distribuidora, el reglamento dice que no puede superar los costes regulados. Si la hace un instalador que contratas tú, el precio es el que acordéis.

¿Tienen que avisarme antes de la inspección?

Sí. Si la inspección la hace la distribuidora, debe avisar con una antelación mínima de cinco días indicando la fecha de la visita.

¿Qué se revisa exactamente?

Depende de la potencia. Hasta 70 kW, desde la llave de usuario hasta los aparatos de gas, incluidos estos. En instalaciones centralizadas o de más de 70 kW, desde la llave de edificio hasta la conexión de los aparatos, sin incluirlos.