La inspección de gas: la eliges tú, y te avisan con cinco días
El reglamento obliga a inspeccionar el gas cada cinco años. Lo que casi nadie sabe: eliges tú quién la hace, y tienen que avisarte con cinco días.
Asesoramiento independiente. Servicio gratuito.- Sin contraseñasNo pedimos claves de tu compañía
- Lo tramitamos nosotrosTú no llamas a nadie
- GratisNos paga la comercializadora
La inspección periódica de gas toca cada cinco años desde la puesta en servicio o desde la última. La puede hacer una empresa instaladora habilitada o tu distribuidora, y eliges tú. Si la hace la distribuidora, el precio está topado por los costes regulados y debe avisarte con cinco días. Una de ellas publica esos costes: son los de la distribuidora de gas del norte.
Qué se revisa, y hasta dónde
Si la contratas fuera, avisa a tu distribuidora: hay quien te la repite y te la cobra si no lo sabe. El alcance cambia según la potencia instalada, y la frontera está en los 70 kW. Es lo que separa un piso de una caldera de comunidad.
- Hasta 70 kW: de la llave de usuario a los aparatosY los aparatos entran: la caldera, el calentador y la cocina se revisan también
- Más de 70 kW o calefacción centralizada: de la llave de edificio a la conexiónAquí los aparatos quedan fuera del alcance de esta inspección
- La hace un instalador habilitado o la distribuidoraLas dos opciones son válidas según el reglamento, y eliges tú cuál
- El coste se te repercute a tiPero si la hace la distribuidora no puede superar los costes regulados
Cómo funciona la inspección de gas
El reglamento fija el plazo y quién puede hacerla. Lo demás lo decides tú.
Mira cuándo te toca
Cinco años desde la puesta en servicio de la instalación o desde la última inspección. El reglamento dice «dentro del año natural de vencimiento», así que hay margen dentro de ese año.
Decide quién la hace
Una empresa instaladora de gas habilitada o tu distribuidora. Las dos valen y la elección es tuya. Si no eliges, acabará viniendo la distribuidora.
Si viene la distribuidora, tiene que avisarte
Con una antelación mínima de cinco días, y diciéndote la fecha de la visita. Es el reglamento, no una cortesía.
Guarda el certificado
Quien la hace entrega una copia al titular y manda otra a la distribuidora. Esa copia es la que prueba que estás al día.

¿Y de paso miramos la factura?
Ya que estás con el gas, podemos ver si el precio que pagas es el que te corresponde. Gratis y sin pedirte contraseñas.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40La inspección de gas de verdad y la que no lo es
El fraude del falso inspector de gas lleva años funcionando. El reglamento da tres señales que lo delatan sin necesidad de saber nada técnico.
| Señal | La inspección real | El fraude |
|---|---|---|
| El aviso | Con cinco días mínimo si la hace la distribuidora | Se presenta sin avisar, o avisa el mismo día |
| Quién viene | Quien tú has elegido: instalador habilitado o distribuidora | Alguien que dices que no esperabas |
| El precio | Topado por los costes regulados si la hace la distribuidora | Una cifra que se decide en tu puerta |
| El cobro | Va en tu factura o lo factura el instalador que contrataste | En efectivo y en el momento |
| El papel | Certificado de inspección, con copia para ti y para la red | Un papel sin membrete, o ninguno |
Las cuatro condiciones de la columna del centro salen del Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, publicado en el BOE con la referencia BOE-A-2006-15345. Consultado el 19 de agosto de 2026. Ante la duda, no abras y llama a tu distribuidora para confirmar la visita.
Si alguien se presenta en tu puerta sin haber avisado con cinco días, no abras. Llama a tu distribuidora y pregunta si esa visita existe. La inspección de verdad la eliges tú y viene con fecha acordada.
Tres formas de que la inspección de gas salga cara
Ninguna de las tres tiene que ver con la instalación: tienen que ver con no saber lo que dice el reglamento.
Dejar que venga quien aparezca
La inspección la puede hacer una empresa instaladora habilitada o tu distribuidora, y la eliges tú. Si no eliges, decide otro por ti.
Eliges túPagar en efectivo en la puerta
Si la hace la distribuidora, el precio no puede superar los costes regulados y va por los cauces normales de facturación. Una cifra improvisada en el rellano no es eso.
Precio topadoAbrir a quien no ha avisado
La distribuidora tiene que avisar con cinco días de antelación y decirte la fecha. Sin ese aviso, la visita no es la inspección del reglamento.
Cinco días
¿Dudas con una visita de gas?
Si alguien te ha llamado o se ha presentado y no lo tienes claro, escríbenos y te decimos qué comprobar antes de abrir.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40«Esta página existe porque el fraude del falso inspector de gas sigue funcionando, y se desmonta con tres datos que están en el reglamento y que nadie cuenta.»
¿Te lo tramitamos nosotros?
Hacemos el papeleo completo y te avisamos en cada paso. No te cuesta nada: la comisión la paga la compañía.
Cómo se ha hecho esta página
Cómo se ha hecho esta página, por si quieres comprobarlo:
- Requisitos y plazos contrastados con la normativa y con lo que publica cada distribuidora en su propia web.
- Ningún importe sin fuente y fecha. Preferimos decir «depende de tu caso» antes que copiar una cifra que no hemos verificado.
- Si algo ha cambiado y aquí sigue viejo, avísanos y lo actualizamos.
Seguir por aquí
Lo que suele preguntar la gente
¿Cada cuánto hay que inspeccionar la instalación de gas?
Cada cinco años, contados desde la puesta en servicio de la instalación o desde la última inspección. El reglamento permite hacerla dentro del año natural en que se cumple ese plazo.
¿Es lo mismo que la revisión de la caldera?
No. La inspección de gas mira la instalación y va por el Real Decreto 919/2006. El mantenimiento de la caldera lo ordena el RITE, con otras periodicidades y otra empresa. Te pueden tocar las dos, en años distintos.
¿Puede repararme la avería el que me inspecciona?
No. El apartado 9 de la disposición adicional primera de el Real Decreto 984/2015 lo prohíbe: quien hace la inspección no puede reparar las anomalías que detecte.
¿Puedo elegir yo la empresa que la haga?
Sí, siempre. El artículo 7.2 de el Real Decreto 919/2006 te da «la facultad de elegir libremente la empresa». Y si eliges al distribuidor, su precio no puede superar los costes regulados.
¿Quién puede hacer la inspección de gas?
Una empresa instaladora de gas habilitada o tu distribuidora, y la elección es tuya. Las dos opciones son válidas según el Real Decreto 919/2006.
¿Cuánto cuesta la inspección periódica de gas?
El coste se repercute al usuario. Si la hace la distribuidora, el reglamento dice que no puede superar los costes regulados. Si la hace un instalador que contratas tú, el precio es el que acordéis.
¿Tienen que avisarme antes de la inspección?
Sí. Si la inspección la hace la distribuidora, debe avisar con una antelación mínima de cinco días indicando la fecha de la visita.
¿Qué se revisa exactamente?
Depende de la potencia. Hasta 70 kW, desde la llave de usuario hasta los aparatos de gas, incluidos estos. En instalaciones centralizadas o de más de 70 kW, desde la llave de edificio hasta la conexión de los aparatos, sin incluirlos.