En una tienda, la factura son dos cosas#
Un bar tiene cámaras, cafetera y cocina. Una panadería tiene horno y fermentación. Una tienda de ropa, de regalos o una papelería no tiene ninguna de las dos cosas, y eso simplifica mucho la respuesta: casi todo su consumo es iluminación y climatización.
Eso tiene una consecuencia buena y una mala. La buena: los dos se pueden arreglar, y sin obras. Cambiar a LED se amortiza y cerrar la puerta es gratis. La mala: como no hay un aparato grande que culpar, cuando la factura sube nadie sabe por qué.
Y hay una tercera partida que no consume nada y que casi siempre es la más cara del recibo: la potencia contratada, que se paga los doce meses, vendas o no.
¿Hay que apagar el escaparate a las 22 horas? Ya no#
Esta es la pregunta que más se repite en el comercio, y la respuesta que circula está caducada. Sí hubo esa obligación. Ya no la hay.
El Real Decreto-ley 14/2022, consultado en su texto consolidado el 8 de septiembre de 2026, dijo en su artículo 29, apartado cuatro, que el alumbrado de escaparates regulado en la ITC-EA-02 del RD 1890/2008 «deberá mantenerse apagado desde las 22 horas».
Pero esa obligación nació con fecha de caducidad. La disposición final sexta del mismo real decreto-ley, apartado 2.a), dice que las obligaciones de los apartados uno y cuatro del artículo 29 «tendrán vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023».
| Obligación | Artículo | Situación |
|---|---|---|
| Temperaturas de 19 °C y 27 °C | 29, apartado uno | Caducada el 01/11/2023 |
| Cartel informativo de las medidas | 29, apartado dos | Caducada el 01/11/2023 |
| Sistema de cierre de puertas | 29, apartado tres | Sigue vigente |
| Escaparate apagado desde las 22 h | 29, apartado cuatro | Caducada el 01/11/2023 |
Que ya no sea obligatorio no significa que salga a cuenta dejarlo encendido. Un escaparate potente encendido de las 22 a las 8 son diez horas al día que nadie mira, todos los días del año. Lo que cambia es quién decide: ahora lo decides tú, no el BOE.
Ojo, además, con las ordenanzas municipales de alumbrado y contaminación lumínica: son independientes de esta norma estatal y algunas ciudades sí limitan el alumbrado comercial por la noche. Eso hay que mirarlo en tu ayuntamiento.
La obligación que no caducó: cerrar la puerta#
De las cuatro obligaciones del artículo 29, solo una no tiene fecha de fin, y es la que menos se cumple. El apartado tres obliga a los locales con acceso desde la calle a disponer de un sistema de cierre de puertas, que puede ser «un sencillo brazo de cierre automático», para impedir que queden abiertas de forma permanente.
La disposición final le puso un plazo para cumplirla, el 30 de septiembre de 2022, pero no le puso caducidad. Las otras tres sí la llevaban. Comprobado en el texto consolidado el 8 de septiembre de 2026.
Y es, con diferencia, la medida que más ahorra en un comercio climatizado. Una puerta abierta con el aire en marcha es un aparato de frío intentando enfriar la calle. No cuesta nada y actúa sobre la mayor de las dos partidas de la tienda.
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Cuánto pesa la iluminación en una tienda#
En un comercio la luz no es decorativa: es parte del producto. Por eso los niveles de iluminación de una tienda de ropa son varias veces los de una oficina, y por eso pesa tanto en su factura.
Lo que decide el gasto no es la potencia de cada foco, sino la potencia total multiplicada por las horas de apertura. Una tienda abierta doce horas tiene el doble de consumo de iluminación que una abierta seis, con los mismos focos.
- El escaparate suele ser lo más potente por metro cuadrado del local.
- La sala de ventas es lo que más horas está encendida.
- Los probadores y el almacén son donde más se olvida la luz encendida.
- La rotulación exterior se queda muchas veces toda la noche.
El cambio a LED es la reforma más rentable que existe en un comercio, y su cuenta se hace con datos, no con promesas: los kWh de cada tecnología están en cuánto consume una bombilla LED.
La climatización, que sube en verano y en invierno#
La otra mitad de la factura. Y la que explica casi todos los picos estacionales: si tu recibo sube en julio y en enero y baja en abril y octubre, el problema es el clima, no la tarifa.
Tres cosas la disparan en un comercio, y ninguna aparece en la factura: la puerta abierta, el escaparate acristalado orientado al sol y el termostato puesto por debajo de lo que hace falta. Las tres se corrigen sin gastar.
Los 19 y 27 grados ya no son obligatorios desde noviembre de 2023, como dice la tabla de más arriba. Siguen siendo, sin embargo, la referencia razonable: cada grado de más en refrigeración se paga en la factura del mes siguiente.
Cuánta potencia obliga a prever el REBT en un local comercial#
Antes de hablar de lo que consumes, conviene saber lo que la instalación tiene que soportar. El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, ITC-BT-10 apartado 3.3, consultado el 8 de septiembre de 2026, obliga a prever 100 vatios por metro cuadrado y planta, con un mínimo de 3.450 vatios por local.
| Superficie | Previsión | Qué manda |
|---|---|---|
| 30 m² | 3,45 kW | manda el mínimo del local |
| 40 m² | 4,00 kW | manda la superficie |
| 60 m² | 6,00 kW | manda la superficie |
| 80 m² | 8,00 kW | manda la superficie |
| 120 m² | 12,00 kW | manda la superficie |
Previsión no es consumo, y tampoco es lo que debes contratar. Es el suelo de la instalación. Lo que contratas sale de lo que funciona a la vez, y en una tienda eso suele ser bastante menos de lo previsto, porque no hay motores grandes arrancando.
La potencia contratada, que en una tienda suele sobrar#
Aquí está el dinero. En un comercio sin cámaras ni maquinaria, la potencia contratada está de más muchas más veces que de menos: se contrató al abrir, con el criterio de «que no salte», y nadie la ha vuelto a mirar.
La diferencia con un bar o una panadería es justo esa: allí hay arranques de motor que obligan a un escalón alto. En una tienda, la iluminación y el aire tiran de forma constante y previsible, sin picos.
Con contador telegestionado tienes tus máximos reales cuarto a cuarto, y con ellos la cuenta se hace en la calculadora de potencia contratada. Cómo pedirlos, en la guía de distribuidoras.
Bajar un escalón de potencia ahorra los doce meses, cierres agosto o no, y es reversible. Es lo primero que hay que mirar y lo último que mira todo el mundo.
El horario de una tienda juega en su contra#
Y aquí está la diferencia con el otro negocio de la calle. Una panadería amasa de madrugada, en hora valle. Una tienda abre justo en las horas caras.
Los periodos los fija la Circular 3/2020 de la CNMC, consultada el 8 de septiembre de 2026: de lunes a viernes, punta de 10 a 14 y de 18 a 22, llano de 8 a 10, de 14 a 18 y de 22 a 24, y valle de 0 a 8. El horario comercial típico, de 10 a 14 y de 17 a 21, cae casi entero en punta y llano.
Con los peajes y cargos vigentes desde el 1 de enero de 2026, la parte regulada del kWh cuesta 29,6 veces más en punta que en valle. Una tienda no puede mover su horario, así que no le interesa una tarifa que solo premie la noche: le interesa un buen precio medio en las horas en que abre.
La excepción es el fin de semana: sábados, domingos y festivos nacionales son valle las 24 horas. Un comercio que abra en domingo tiene ahí su día barato.
Cómo calcular lo que te cuesta el escaparate encendido#
Ahora que apagarlo es decisión tuya, conviene saber de cuánto dinero estamos hablando. La cuenta es de tres pasos y se hace en cinco minutos, sin comprar nada.
- Suma los vatios de los focos del escaparate y del rótulo. Están escritos en la propia luminaria o en su ficha; si son LED, mira el vatio real, no el «equivalente a».
- Cuenta las horas que están encendidos fuera del horario de apertura. De las 22 a las 8 son diez horas al día.
- Multiplica vatios por horas y por 365, divide entre mil y tienes los kWh al año. Ese número por tu precio del kWh es el dinero.
Un ejemplo de cómo se opera, con supuestos y no con una medición: 300 vatios encendidos diez horas al día son 3 kWh diarios y 1.095 kWh al año. Cambia los vatios por los tuyos y tendrás tu cifra.
El truco está en el horario nocturno, no en la potencia. Esas horas caen en valle y en llano, que son las baratas, pero son muchas y todos los días. Y como el escaparate no vende de madrugada, es el único consumo de la tienda que se puede eliminar entero sin afectar al negocio.
Para saber tu precio por kWh de verdad, con todos los conceptos, está el precio real del kWh.
Si la tienda está en un centro comercial, la factura no es tuya#
Hay un caso que cambia todo lo anterior y que casi nunca se cuenta: muchos locales en centros comerciales no tienen contrato propio con una comercializadora. La luz la contrata el centro y te la repercute en la cuota, a veces por metros y a veces por un contador divisionario.
Si es tu caso, no puedes cambiar de compañía ni ajustar tu potencia, porque no eres el titular del suministro. Lo que sí puedes hacer es pedir el desglose: cuánta energía te imputan, con qué criterio y qué parte es consumo común del centro.
La diferencia práctica es grande. Con contrato propio, la palanca está en la tarifa y en la potencia. Con repercusión, la palanca está en el reparto, y esa es una conversación con la propiedad, no con una comercializadora.
Antes de pedir presupuestos, mira quién figura como titular en tu factura o en tu contrato de arrendamiento. Es la comprobación que evita perder el tiempo.
Qué mirar en la factura de luz de una tienda#
- El término de potencia frente al de energía. Si la parte fija se acerca a la variable, sobra potencia.
- Los máximos reales del contador, periodo a periodo, frente a lo contratado.
- El reparto entre punta, llano y valle, para comprobar que la tarifa encaja con tu horario de apertura y no con otro.
- Los días facturados: un periodo de 35 días no se compara con uno de 28.
- Los servicios añadidos: mantenimientos y seguros que se cobran cada mes y casi nunca se usan.
Si al mirarlo sale que el problema es el contrato y no el consumo, las opciones están en luz para negocios, con todos los conceptos y no solo una promoción.
