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La ley de consumidores: 14 días, o 30, para arrepentirte

Si te cambiaron de compañía por teléfono o en la puerta de casa, la ley de consumidores es tu norma. Y su plazo no siempre es de catorce días.

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  • Texto consolidadoLeído en el BOE el 7 de septiembre de 2026
  • BOE-A-2007-20555Su código, para que lo compruebes tú
  • Con su artículoCada afirmación dice de dónde sale
Desistimiento general14 días
Si fue en tu casa30 días
Si no te informaron+12 meses
El silencionunca es un sí
La respuesta corta

La ley de consumidores da catorce días naturales para desistir de un contrato a distancia o fuera del establecimiento, sin dar motivos y sin penalización. Y añade algo que casi nadie cuenta: si el contrato se firmó en una visita no solicitada a tu domicilio, el plazo sube a treinta días. Si además no te informaron de ese derecho, se alarga doce meses más. En luz y gas el plazo cuenta desde que se celebra el contrato. Para ejercerlo, mira cómo cambiar de compañía.

Qué regula la ley de consumidores en la energía

Los contratos a distancia y fuera del establecimiento: cómo se informa, cómo se firma, cómo se deshace y qué cláusulas son abusivas. En luz y gas es la norma que sostiene casi cualquier reclamación por un cambio que no pediste.

14 días
naturales para desistir, sin motivo y sin penalizaciónRDL 1/2007, art. 102.1
30 días
si el contrato se firmó en una visita no solicitada a tu domicilioRDL 1/2007, art. 102.1
12 meses
más de plazo si el empresario no informó del derechoRDL 1/2007, art. 105.1
21 h
es la hora máxima a la que pueden llamarte para venderte algoRDL 1/2007, art. 96.2

Cómo deshacer un contrato que no querías, con su artículo

Del texto consolidado a 2 de marzo de 2026, citando siempre la redacción vigente y no la anterior que el BOE conserva debajo.

El RDL 1/2007, artículo por artículo
ArtículoDe qué va Lo que fija
Art. 102.1Catorce días, sin dar explicaciones«Derecho a desistir del contrato durante un periodo de catorce días naturales sin indicar el motivo y sin incurrir en ningún coste» distinto de los que la propia ley prevé
Art. 102.1Y treinta si te lo vendieron en tu casa«En el caso de los contratos celebrados en el contexto de visitas no solicitadas efectuadas por el empresario en el domicilio del consumidor… el plazo de desistimiento se amplía a treinta días naturales»
Art. 105.1Si no te informaron, doce meses más«El periodo de desistimiento finalizará doce meses después de la fecha de expiración del periodo inicial». Y si te informan tarde, el plazo arranca de nuevo desde que recibes la información
Art. 104.cEn luz y gas el reloj empieza al firmarPara «los contratos para el suministro de agua, gas o electricidad… el día en que se celebre el contrato». No hay entrega que esperar
Art. 102.2Penalizarte por desistir es nulo«Serán nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo»
Art. 101.1Callarse nunca es decir que sí«En ningún caso la falta de respuesta a la oferta de contratación podrá considerarse como aceptación de ésta»
Art. 66 quáter.1Y suministrarte sin que lo pidas está prohibido«Queda prohibido el envío y el suministro al consumidor y usuario de bienes, de agua, gas o electricidad… no solicitados por él, cuando dichos envíos y suministros incluyan una pretensión de pago»
Art. 66 quáter.1No debes nada, ni tienes que devolver nada«No estará obligado a su devolución o custodia, ni podrá reclamársele pago alguno», y su silencio tampoco cuenta como consentimiento
Art. 96.2Las llamadas comerciales tienen horario«En ningún caso… antes de las 9 horas ni más tarde de las 21 horas ni festivos o fines de semana». Y deben identificarse y decir que es comercial al empezar
Art. 96.5Y número identificableCuando la oferta comercial no deseada se hace por teléfono, «las llamadas deberán llevarse a cabo desde un número de teléfono identificable»
Art. 82.1Lo que no negociaste puede ser abusivoSon abusivas las cláusulas «no negociadas individualmente» que, contra la buena fe, causen un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes
Art. 83Y una cláusula abusiva se cae sin llevarse el contratoSon nulas de pleno derecho «y se tendrán por no puestas», y el contrato «seguirá siendo obligatorio para las partes» si puede subsistir sin ellas

La segunda fila es la que cambia una reclamación. Casi todo el mundo repite «hay catorce días», y es cierto por defecto. Pero si el contrato se firmó porque un comercial llamó a tu puerta sin que lo pidieras, la ley te da treinta. Y si en ese momento nadie te explicó que podías desistir, súmale doce meses.

Factura revisadapor una personaMascota de TarifaÓptima presentando el análisis de una factura

¿Te cambiaron de compañía sin que lo pidieras?

Mira la fecha del contrato y cómo se firmó. Según el caso tienes 14 días, 30 o más de un año. Cuéntanos qué pasó y te decimos qué plazo te aplica y a quién escribir.

Escríbenos por WhatsAppo llama al 681 80 29 40

Cuatro cosas de la ley de consumidores que casi nadie sabe

Salen del texto consolidado a 2 de marzo de 2026, en la redacción vigente desde mayo de 2022.

Lo que no se cuenta
  • Si vinieron a tu casa sin avisar, son treinta díasLo añadió el Real Decreto-ley 24/2021 y está en vigor desde el 28 de mayo de 2022. Cubre las visitas no solicitadas al domicilio y también las excursiones organizadas para vender. El plazo general de catorce se dobla largo.
  • No informarte del derecho sale caroEl periodo de desistimiento se alarga doce meses. Y si te informan dentro de ese año, el plazo de catorce o treinta días empieza a contar de nuevo desde que recibes la información, no desde la firma.
  • Si te suministran sin pedirlo, no debes nadaEl artículo 66 quáter nombra expresamente el gas y la electricidad: no hay obligación de pago ni de devolución, y el silencio no vale como consentimiento.
  • Y hay horario para llamarteNada de llamadas comerciales antes de las 9 ni después de las 21, ni en festivos o fines de semana, desde un número identificable y diciendo al empezar quién llama y para qué.
RDL 1/2007, arts. 66 quáter, 82, 83, 96, 101, 102, 104 y 105. Texto consolidado leído el 9 de septiembre de 2026, actualizado a 2 de marzo de 2026, en la redacción del RD-ley 24/2021 vigente desde el 28 de mayo de 2022.

El consolidado del BOE conserva las redacciones antiguas debajo de las vigentes. En el artículo 102 se lee primero el texto de los catorce y treinta días y, a continuación, la redacción anterior que solo hablaba de catorce. Todo lo que citamos aquí es la versión en vigor desde el 28 de mayo de 2022.

Preguntas

Lo que suele preguntar la gente

¿Cuántos días tengo para anular un contrato de luz?

Catorce días naturales por defecto. Si el contrato se firmó en una visita no solicitada a tu domicilio, treinta. Y si no te informaron del derecho a desistir, doce meses más.

¿Desde cuándo cuenta el plazo en luz y gas?

Desde el día en que se celebra el contrato. En estos suministros no hay entrega de un bien que marque el inicio, así que cuenta la firma.

¿Pueden cobrarme por desistir?

No. Son nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan una penalización por ejercer el derecho de desistimiento o que exijan renunciar a él.

Me han dado de alta sin pedirlo. ¿Tengo que pagar?

No. El artículo 66 quáter prohíbe el suministro no solicitado de gas y electricidad con pretensión de pago, y no puede reclamársete ningún importe ni obligarte a devolver nada.

¿Vale mi silencio como aceptación?

Nunca. La ley dice que en ningún caso la falta de respuesta a una oferta puede considerarse aceptación.

¿A qué horas pueden llamarme para venderme luz?

Entre las 9 y las 21 horas, y nunca en festivos ni fines de semana. Deben identificarse al inicio, decir que la llamada es comercial y usar un número identificable.

¿Qué es una cláusula abusiva?

Una condición no negociada individualmente que, contra las exigencias de la buena fe, causa un desequilibrio importante entre las partes. Es nula y se tiene por no puesta, pero el resto del contrato sigue en pie.