La mitad de plazo, y con la letra más común
La respuesta que circula es «diez años» y está incompleta.
El decreto fija una validez máxima de diez años, salvo cuando la calificación sea G: entonces son cinco. Y la G no es una letra rara, es de las más habituales en vivienda antigua.
Quien da por hecho el plazo largo puede llegar a la firma con un certificado caducado, que es justo cuando ya no hay margen para arreglarlo.
El detalle está en esta página.