Una vía que va aparte de la regla de los doce meses
La regla conocida sigue en pie: la potencia contratada se cambia una vez cada doce meses. La novedad del Real Decreto 88/2026 no la deroga, va por otro carril.
La potencia temporal tiene cuatro duraciones: trimestral, mensual, diaria y horaria. Se pide por adelantado, se paga solo mientras dura y, al terminar, la potencia vuelve sola a la que tenías.
Se pueden acumular las de distinto horizonte, pero no dos del mismo. Y hay plazos: cinco días hábiles de antelación para pedirla y 72 horas para que el distribuidor la haga efectiva.
Los cuatro horizontes y sus condiciones están en esta página.