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La orden de cargos vigente: qué pagas y para qué

Cada 1 de enero, una orden ministerial fija los cargos del sistema que pagas en la factura. La de 2026 dice cuánto son, y también en qué se gastan: casi la mitad, en renovables.

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  • Texto consolidadoLeído en el BOE el 7 de septiembre de 2026
  • BOE-A-2025-26705Su código, para que lo compruebes tú
  • Con su artículoCada afirmación dice de dónde sale
En vigor desde01/01/2026
Cargo de potencia P14,379461 €/kW año
A renovables (RECORE)42,74 %
Segmentos tarifarios6
La respuesta corta

Los cargos son la parte de la factura que paga los costes del sistema eléctrico que no son redes: las primas a las renovables, la deuda histórica y el sobrecoste de las islas. Los fija el Gobierno por orden ministerial, una cada año, y la vigente es la Orden TED/1524/2025, aplicable desde el 1 de enero de 2026. Para una vivienda normal, la de segmento 1, son 4,379461 euros por kilovatio y año en el periodo punta de potencia y 0,064292 euros por kilovatio hora en la energía de punta. Son iguales con cualquier compañía: nadie los negocia.

Qué regula la orden de cargos

Los precios de los cargos del sistema eléctrico para el año, más un puñado de costes regulados: los pagos por capacidad, el desajuste de ingresos, el extracoste de las islas y el reparto del bono social. La metodología que la manda es el Real Decreto 148/2021.

42,74 %
de los cargos financia el régimen retributivo de las renovablesOrden TED/1524/2025, apartado séptimo
840.950 mil €
compensan en 2026 el extracoste de generar fuera de la PenínsulaOrden TED/1524/2025, apartado quinto
0 €/kW año
de cargo de potencia pagan los puntos de recarga de coche eléctricoOrden TED/1524/2025, apartado segundo
48,20 %
del bono social lo aporta la comercialización; la producción, el 41,14 %Orden TED/1524/2025, apartado noveno

Lo que fija la orden, apartado por apartado

Del texto publicado en el BOE el 27 de diciembre de 2025. Las cifras del segmento 1 son las de una vivienda con tarifa 2.0 TD.

La Orden TED/1524/2025, apartado por apartado
ArtículoDe qué va Lo que fija
Art. PrimeroEl cargo de potencia de una viviendaSegmento tarifario 1: 4,379461 euros por kilovatio y año en el periodo 1 y 0,281653 en el periodo 2. Se cobra sobre la potencia contratada, consumas o no
Art. PrimeroY el cargo de energía, por franjaTambién del segmento 1: 0,064292 euros/kWh en punta, 0,012858 en llano y 0,003215 en valle. La punta paga veinte veces lo que el valle
Art. SéptimoEn qué se gasta ese dinero, con porcentajesRECORE (renovables, cogeneración y residuos): 42,74 %. Déficit de años anteriores: 39,21 %. Territorios no peninsulares: 17,51 %. Otros: 0,54 %. Es el desglose que tu compañía tiene que enseñarte en la factura
Art. SegundoLos puntos de recarga no pagan cargo de potenciaLos segmentos 2 VE y 3 VE tienen cero en los seis periodos de potencia. Sí pagan energía, y en punta más que una vivienda: 0,076174 euros/kWh
Art. QuintoEl sobrecoste de las islas, en una cifra«La compensación del extracoste de la actividad de producción en los sistemas eléctricos en los territorios no peninsulares… será de 840.950 miles de euros». Por qué existe lo explica el Real Decreto 738/2015
Art. CuartoY la deuda vieja del sistema, en otraPara 2026 se destinan 1.883.432.298,47 euros a los derechos de cobro pendientes: la anualidad del FADE y el déficit de 2013
Art. NovenoQuién paga el bono social, por actividadComercialización 48,20 %, producción 41,14 %, distribución 8,02 %, transporte 1,89 % y consumidores directos 0,75 %. Es el reparto que sustituyó al que tumbó el Supremo
Art. DécimoY cuánto le toca a cada uno6,979247 euros por punto de suministro al año a las comercializadoras; 1,160441 a las distribuidoras; 0,641653 euros por megavatio hora producido a los generadores
Art. TerceroLos pagos por capacidad siguen ahíEn el segmento 1, 0,000800 euros/kWh en punta. Es lo que se paga por tener centrales disponibles aunque no generen
Art. SextoEl hidrógeno renovable queda exentoLas instalaciones inscritas en el registro de gases renovables «resultarán exentas del pago de los cargos» cuando su información declare un proceso de conversión
Art. UndécimoEntra en vigor el 1 de enero«Esta orden entrará en vigor el 1 de enero de 2026». Los apartados del bono social se aplican desde la liquidación 1 del año

La fila del apartado séptimo es la que casi nadie mira: el 42,74 % de lo que pagas en cargos va a las renovables y el 39,21 %, a pagar deuda de años anteriores. Tu compañía está obligada a enseñarte ese desglose en la factura, aunque no puede cambiar ni un céntimo del importe.

Factura revisadapor una personaMascota de TarifaÓptima presentando el análisis de una factura

Los cargos no se negocian; tu potencia sí

El cargo de potencia se cobra sobre los kilovatios que tienes contratados, uses cuántos uses. Miramos tu factura y te decimos si estás pagando de más por kW que no necesitas.

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Cuatro cosas de los cargos que casi nadie sabe

Salen del texto de la orden vigente, leído en el BOE del 27 de diciembre de 2025.

Lo que no se cuenta
  • Casi cuatro de cada diez euros pagan deudaEl 39,21 % de los cargos va a los derechos de cobro pendientes: el fondo FADE y el déficit de 2013. Son 1.883 millones de euros en 2026, por facturas de hace más de una década.
  • Cargar el coche eléctrico no paga cargo de potenciaLos puntos de recarga tienen cero en los seis periodos de potencia. Es una excepción expresa de la disposición adicional primera del Real Decreto 148/2021, y se renueva cada año en esta orden.
  • El cargo de punta cuesta veinte veces el de valle0,064292 frente a 0,003215 euros por kilovatio hora en una vivienda. La diferencia entre franjas de los cargos es mucho más brusca que la del precio de la energía.
  • Esta orden caduca sola cada 31 de diciembreCada diciembre sale la del año siguiente y sustituye todas las cifras. Cualquier página que publique cargos sin decir de qué orden salen está publicando un número sin fecha de caducidad.
Orden TED/1524/2025, de 23 de diciembre, apartados primero a undécimo. BOE de 27 de diciembre de 2025, páginas 176250 a 176260. Leída el 8 de septiembre de 2026.

Estas cifras valen para 2026 y solo para 2026. A finales de diciembre se publica la orden del año siguiente y las sustituye enteras. Esta página lleva el nombre de «orden vigente» justamente para poder cambiarlas sin cambiar la dirección, pero mientras tanto lo que ves aquí es la orden de 2026 y su referencia del BOE.

Preguntas

Lo que suele preguntar la gente

¿Cuánto son los cargos de la luz en 2026?

En una vivienda con tarifa 2.0 TD, 4,379461 euros por kilovatio y año en el periodo punta de potencia y 0,281653 en el valle. En energía, 0,064292 euros/kWh en punta, 0,012858 en llano y 0,003215 en valle.

¿Quién fija los cargos del sistema eléctrico?

El Gobierno, por orden ministerial, una cada año. La vigente es la Orden TED/1524/2025, de 23 de diciembre, en vigor desde el 1 de enero de 2026. La metodología la fija el Real Decreto 148/2021.

¿Qué pagan los cargos de la luz?

Renovables, cogeneración y residuos, el 42,74 %; deuda de años anteriores, el 39,21 %; el sobrecoste de generar en las islas, el 17,51 %; y otros, el 0,54 %. Son los porcentajes del apartado séptimo de la orden.

¿Puedo pagar menos cargos cambiando de compañía?

No. Los cargos son idénticos con las más de doscientas comercializadoras que hay. Lo único que cambia el importe es cuánta potencia contratas y en qué franja consumes.

¿Los cargos son lo mismo que los peajes?

No. Los peajes pagan las redes y los fija la CNMC por circular; los cargos pagan el resto de costes del sistema y los fija el Gobierno por orden. Los dos van en la misma línea de la factura y ninguno se negocia.

¿Cuándo cambian los cargos?

El 1 de enero. La orden del año siguiente se publica a finales de diciembre y sustituye todas las cifras.

¿Es verdad que los coches eléctricos no pagan cargos?

Pagan cargo de energía, y en punta más que una vivienda. Lo que no pagan es cargo de potencia: los segmentos 2 VE y 3 VE tienen cero en los seis periodos.