Una ayuda con fecha de caducidad
El bono social no es un descuento permanente. Tiene un plazo escrito en la norma, y cuando se cumple deja de aplicarse.
Real Decreto 897/2017, artículo 9.2. El bono social «se aplicará durante el plazo de dos años, salvo que con anterioridad se produzca la pérdida de alguna de las condiciones que dan derecho a su percepción». Pasado ese plazo hay que renovarlo por el trámite del artículo 10.
Nadie te lo renueva de oficio. Si el plazo vence y no has hecho nada, la siguiente factura llega con el descuento quitado.
Durante 2026 el descuento es del 42,5 % para el consumidor vulnerable y del 57,5 % para el vulnerable severo, según el Real Decreto-ley 7/2026. Desde el 1 de enero de 2027 vuelven el 35 % y el 50 % del artículo 6.3, salvo prórroga.