Alta de luz con Plenitude: la cédula ya no se pide en todas partes
Su lista es corta y clara: DNI del titular por las dos caras, cédula de habitabilidad (o licencia equivalente si es un local) y boletín eléctrico. El detalle está en el segundo papel: la cédula de habitabilidad no existe en todas las comunidades, y en la suya, Cantabria, se suprimió en noviembre de 2024.
Asesoramiento independiente. Servicio gratuito.- Comprobado en su webeniplenitude.es, el 21 de agosto de 2026
- Sin llamadas comercialesNi ahora ni después
- No trabajamos para PlenitudeNi para ninguna en exclusiva
Los tres papeles que pide Plenitude, uno a uno
Su respuesta es de las más breves del catálogo. Cada documento acredita una cosa distinta y se consigue en un sitio distinto.
Lo pide escaneado o fotografiado por delante y por detrás. Es quien firma el contrato y quien responde de la factura.
Las dos carasAcredita que la vivienda es habitable. La expide tu comunidad autónoma, y ahí está el problema: no todas la mantienen.
Depende de dónde vivasTambién llamado certificado de instalación en baja tensión, o CIE. Lo firma un instalador autorizado y es el que acredita que la instalación cumple. Sin él no hay alta con ninguna compañía.
Lo firma un instaladorEl alta la ejecuta la distribuidora de tu dirección, no Plenitude. Los derechos de acometida los fija el BOE y llegan en la factura.
No lo hace tu compañíaEl papel que depende de tu comunidad
Qué es un alta de luz, en qué se diferencia de un cambio de compañía y cuánto cuesta está en nuestra página de alta de luz. Aquí va lo que cambia según dónde vivas.
- No es un documento nacionalLa cédula de habitabilidad la regula cada comunidad autónoma. Unas la mantienen, otras la han sustituido por un certificado técnico y otras la han suprimido del todo.
- En Cantabria se suprimió en noviembre de 2024El decreto que derogó el Decreto 141/1991 se publicó en el BOC del 18 de noviembre de 2024 y archivó los expedientes en trámite. Ahora lo certifica un técnico competente. Es, además, la comunidad donde Plenitude tiene su domicilio social.
- Que te la pidan no significa que exista donde vivesLas listas de documentación se escriben una vez y valen para toda España. Si en tu comunidad no se expide, lo que procede es preguntar qué documento equivalente aceptan, no dar el alta por imposible.
- El boletín, en cambio, no depende de tu comunidadEl certificado de instalación en baja tensión es estatal. Vale 20 años desde su emisión, cuesta entre 80 y 200 € y lo firma un instalador: ni la comercializadora ni la distribuidora pueden emitirlo.
- Tres años es la frontera que decide precio y plazoSi el punto lleva menos de tres años sin luz, la reactivación va de 1 a 5 días hábiles y el CIE puede no hacer falta. Pasados los tres años entran los derechos de extensión y una revisión técnica, y el plazo se va de 5 a 20 días.
- Su tabla de costes tiene una unidad mal puestaEscribe el enganche como «~ 9 €/kW» cuando es un importe único por actuación: 9,044760 € del BOE. Sus propios totales lo tratan bien, pero quien lea solo esa fila y multiplique por 4,6 kW se creerá que paga 41 € en vez de 9.
Lo que tarda y lo que cuesta el alta, según el historial del punto
| Situación del punto | Plazo que publica | Coste con 4,6 kW, con IVA |
|---|---|---|
| Lleva menos de 3 años sin luz | De 1 a 5 días hábiles | 120,60 € |
| Obra nueva, sin suministro previo | De 7 a 15 días hábiles | 217,30 € |
| Lleva más de 3 años sin luz | De 5 a 20 días hábiles | 217,30 € |
| Boletín eléctrico, si hace falta | De 3 a 5 días desde la visita | De 80 a 200 €, aparte |
Los importes salen de aplicar los decimales del Anexo V de la Orden ITC/3519/2009 al hogar de referencia. Plenitude publica importes unos céntimos por debajo porque redondea cada derecho antes de sumar; su cuenta es correcta y la diferencia no llega a cuatro céntimos. Lo que separa las dos primeras filas son los derechos de extensión, que solo se pagan si el punto amplía red de verdad. Cómo comprobamos los datos.
Según qué tengas y dónde vivas
Con tres papeles, lo que decide es cuál te falta. Estos son los cuatro casos que llegan.
Tu comunidad ya no expide la cédula
Pregunta el equivalente
Es el caso de Cantabria desde noviembre de 2024. Lo que hay ahora es un certificado de técnico competente, y conviene preguntarles por escrito qué aceptan antes de encargar nada.
La vivienda ya tuvo luz hace poco
Puede no ser un alta
Si el suministro sigue dado de alta a nombre de otro, lo que toca es un cambio de titular, que es gratis. El alta cuesta derechos de acometida.
No tienes boletín y la instalación es vieja
Ahí se para todo
Es el papel que más altas frena. Lo firma un instalador autorizado y no hay forma de saltárselo con ninguna compañía.
Es un local, no una vivienda
Cambia el segundo papel
En lugar de la cédula piden la licencia equivalente. Su propia respuesta lo dice entre paréntesis.
Dar de alta la luz con cada compañía, comparado
Cada compañía pide una cosa distinta, y eso solo se ve en paralelo. Debajo está Plenitude junto a Barcelona Energía, Eleia, Endesa, Enérgya VM y Estabanell. Ninguna fila viene de un comparador: todas salen de la web de la propia compañía, con la fecha en que se miró.
| Compañía | Documentos que pide | Quién ejecuta el alta | Cuándo se pagan los derechos |
|---|---|---|---|
| Plenitude | DNI por ambas caras, cédula de habitabilidad y boletín eléctrico | La distribuidora de tu dirección | En la factura, y no publica los importes |
| Barcelona Energía | CIE y RITSIC en obra nueva, contrato, DNI y certificado bancario | e-Distribución, y sin CUPS no se puede empezar | Publica los tres derechos con el IVA ya incluido |
| Eleia | DNI, CUPS, dirección con catastro, banco y boletín | La distribuidora de tu zona | En factura, y publica los importes con decimales |
| Endesa | Dirección, CUPS, boletín, titular, potencia e IBAN | La distribuidora, que instala el ICP | Con la primera factura, no al contratar |
| Enérgya VM | Boletín, licencia de primera ocupación y DNI. En negocio, CNAE | La distribuidora de tu zona | No publica ningún importe del alta |
| Estabanell | Ocho documentos, con cédula y primera ocupación | La distribuidora, y no publica plazo | En la factura, y no los cobra ella |
Se han dejado fuera Gana Energía, Goiener, Holaluz, Imagina Energía, Lucera, Nabalia Energía, Naturgy, Nexus Energía, Octopus Energy, Pepeenergy, Podo, Repsol, Som Energia, Unieléctrica, Wekiwi, Yoigo, bonÀrea Energia, Contigo Energía, Factor Energía, Iberdrola y TotalEnergies, no por olvido: contestan prácticamente lo mismo, y una tabla con filas repetidas compara peor que una tabla corta.
Detrás de cada fila hay una lectura de la web de esa compañía, y un enlace a la página donde está el resto. Consultadas entre el 17 de agosto y el 8 de septiembre de 2026. Cómo comprobamos los datos.
Tres errores al dar de alta la luz
Buscar una cédula que ya no se expide
Se pierden semanas. Antes de pedir cita, comprueba si tu comunidad la mantiene; varias la han sustituido por un certificado técnico.
Comprueba tu comunidadEncender un punto que nunca llegó a apagarse
Es el error caro de siempre. El alta paga derechos de acometida y el cambio de titular no.
Mira si el punto sigue activoContar con que la compañía te diga el precio
Plenitude no publica los importes del alta en esa respuesta. Los fija el BOE y son los mismos con cualquiera, así que se pueden saber de antemano.
Están en el BOELa lista de papeles es la que publica Plenitude, con la fecha en que la leímos. Que un documento aparezca en una lista nacional no significa que exista en tu comunidad: eso conviene confirmarlo por escrito antes de encargar nada.
TarifaÓptima no está vinculada a Plenitude. Somos un servicio independiente: esta página recoge lo que Plenitude publica, con la fecha en que lo comprobamos.
De dónde sale cada dato de esta página
Lo que hace Plenitude está comprobado en eniplenitude.es/preguntas-frecuentes, el 21 de agosto de 2026. Los importes no los pone Plenitude: son derechos de acometida del BOE, iguales con cualquier comercializadora, y van con su norma al lado. Cómo comprobamos los datos.

¿Alta, cambio de titular o cambio de compañía?
Son tres cosas distintas y solo una cuesta dinero. Cuéntanos tu caso y te decimos cuál es la tuya. Gratis y sin pedirte contraseñas.
Escríbenos por WhatsApp↗o llama al 681 80 29 40Lo mismo, con otra compañía o con otra gestión
Lo que suele preguntar la gente
¿Qué papeles pide Plenitude para dar de alta la luz?
Tres: el DNI del titular por ambas caras, la cédula de habitabilidad (o la licencia equivalente si es un local) y el boletín eléctrico, también llamado certificado de instalación en baja tensión. Consultado el 21 de agosto de 2026.
¿Y si en mi comunidad no existe la cédula de habitabilidad?
Pasa en varias. En Cantabria se suprimió con el decreto publicado en el BOC del 18 de noviembre de 2024, que derogó el Decreto 141/1991 y archivó los expedientes en trámite; ahora lo certifica un técnico competente. Lo que procede es preguntar por escrito qué documento aceptan en su lugar.
¿Quién hace el alta, Plenitude o la distribuidora?
La distribuidora de tu dirección, que no eliges tú. La comercializadora traslada la petición y después te repercute en factura los derechos de acometida que fija el BOE.
¿Cuánto cuesta el alta de luz con Plenitude?
No publica los importes en esa respuesta. No dependen de la compañía: son derechos de acometida fijados en el BOE e iguales con cualquier comercializadora.