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Cambiar de compañía de luz: 21 días, y sin coste alguno

Cambiar de compañía es un solo trámite que hace la compañía nueva. No se corta la luz, no avisas a la anterior y es sin coste alguno.

Asesoramiento independiente. Servicio gratuito.
  • Sin contraseñasNo pedimos claves de tu compañía
  • Lo tramitamos nosotrosTú no llamas a nadie
  • GratisNos paga la comercializadora
Cuánto tarda21 días máximo
Qué cuestaNada
¿Se corta la luz?No
¿Hay que dar de baja?No
La respuesta corta

El cambio lo tramita la compañía nueva, con tu CUPS y tu cuenta. La ley le da un máximo de 21 días y dice que el cambio es sin coste alguno. No se toca ni un cable: el contador y la red son de la distribuidora y no cambian: la que puedes cambiar es la comercializadora. Lo único que se mueve es quién te factura. Y una cosa más: tu compañía anterior tiene hasta 42 días para liquidar la cuenta, así que esa última factura suya no es un error. El mejor momento para cambiar suele ser cuando se acaba el descuento del primer año: ahí la ley te deja salir sin coste. Y si lo que quieres no es otra compañía sino otro producto, eso es cambiar de tarifa, que es otro trámite.

21 días
es el plazo máximo del cambio de suministradorFuente: Ley 24/2013, artículo 44.3
42 días
tiene la compañía anterior para liquidar tu cuentaFuente: Ley 24/2013, artículo 44.1.ñ)
1 mes
de aviso previo, por escrito y aparte de la factura, para subirteFuente: Ley 24/2013, artículo 44.1.e)
0
cuesta el cambio: la ley dice «sin coste alguno»Fuente: Ley 24/2013, artículo 44.1.k)
Lo que hace falta

Los derechos que puedes citar con su letra

El artículo 44 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico enumera los derechos del consumidor letra por letra. Citarlos con la letra delante cambia el tono de cualquier reclamación, y estos cinco son los que sirven al cambiar.

Cinco letras del artículo 44 que conviene tener a mano
  • k) El cambio es sin coste algunoLiteral: «Realizar el cambio de suministrador sin coste alguno y en los plazos legal y reglamentariamente establecidos». Si alguien te cobra por cambiarte, no es el cambio: es una permanencia que firmaste.
  • e) Te tienen que avisar un mes antes, y aparte de la facturaCualquier intención de modificar las condiciones del contrato se avisa «con al menos un mes de antelación, por escrito y de manera separada a su factura». Meter la subida en una línea del recibo no cumple esa letra.
  • d) 8.º Tienen que decirte cuánto dura el descuentoLa información de las ofertas debe incluir «de manera expresa la duración de los descuentos promocionales y los términos o precios sobre los que éstos se aplican». Es la letra que ataca al «20 % el primer año» sin letra pequeña.
  • d) 9.º Y si el servicio añadido es obligatorio o noLos servicios de valor añadido y de mantenimiento se declaran con su coste explícito y diciendo «su obligatoriedad o no». Un mantenimiento que aparece solo no cumple.
  • m) Tus datos de consumo son tuyosTienes derecho a tenerlos y a dar acceso a quien quieras «mediante acuerdo explícito y gratuito». Nadie puede cobrarte por sacar tu propio historial de consumo.
Quien paga nuestro trabajo es la comercializadora que elijas. Tú no pones un euro.
Paso a paso

Cómo se cambia de compañía de luz, por orden

Cuatro pasos, y el primero es el que decide si el cambio merece la pena. Los otros tres los hace la compañía nueva.

Mira tu factura antes de mirar ofertas

Necesitas tu consumo anual en kWh y tu potencia contratada. Sin esos dos números cualquier comparación es una corazonada, porque una tarifa barata en energía puede salir cara en potencia.

Da tu CUPS y tu cuenta a la compañía nueva

Es todo lo que hace falta. El CUPS son 20 o 22 caracteres que empiezan por ES y están en tu factura. No hace falta llamar a la compañía que dejas ni pedirle permiso.

Espera, y no toques nada

La ley da 21 días como máximo. En ese tiempo no se corta la luz, no viene nadie a casa y el contador sigue siendo el mismo: es de la distribuidora, no de quien te factura.

Y guarda la última factura de la anterior

Tiene hasta 42 días desde el cambio para liquidarte la cuenta. Si llega después del cambio, es normal. Si llega más tarde de esos 42 días, ahí hay algo que preguntar.

Factura revisadapor una personaMascota de TarifaÓptima presentando el análisis de una factura

¿Y si lo que te conviene no es cambiar?

A veces la tarifa está bien y lo que sobra es potencia. Mándanos tu factura y te decimos, con tus números, si te conviene cambiarte o quedarte. Gratis y sin pedirte contraseñas.

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Los plazos

Qué pasa y cuándo al cambiar de compañía de luz

Todos los plazos salen del artículo 44 de la Ley 24/2013, texto consolidado leído el 20 de agosto de 2026. No son estimaciones nuestras ni promesas comerciales de nadie.

Plazos legales del cambio de comercializador de electricidad
QuéCuántoDónde lo dice
El cambio de suministrador21 días como máximoArtículo 44.3
Lo que cuesta el cambioSin coste algunoArtículo 44.1.k)
El aviso previo si te suben el precioUn mes, por escrito y separado de la facturaArtículo 44.1.e)
La liquidación de la cuenta con la anterior42 días como máximo desde el cambioArtículo 44.1.ñ)
El corte de luz durante el cambioNo hay: no se toca la red ni el contadorEl contador y la red son de la distribuidora, y esa no cambia
La permanenciaSolo si la firmaste, y con su penalización escritaEl contrato tiene que decir sus causas de rescisión, artículo 44.1.d) 2.º

La cadena completa explica por qué esa última factura tarda. Tras el cambio, el artículo 19.6 del Real Decreto 88/2026 le da al distribuidor un plazo máximo de 21 días «para remitir la lectura que corresponda al comercializador saliente». Y solo entonces empieza a contar el plazo de liquidación de la cuenta, que son otros 42 como máximo. Son dos plazos de 21 días que no hay que confundir: el primero es el del cambio en sí, que fija la Ley 24/2013; el segundo es el que tiene la distribuidora para pasarle el dato a la compañía que dejas. Y hay nueve cosas que el contrato tiene que decirte antes de que lo firmes, según la letra d) del mismo artículo: la identidad y la dirección de la empresa; la duración del contrato, sus renovaciones y las causas y el procedimiento de rescisión; bajo qué cláusulas pueden revisarse las condiciones; cómo se resuelven los conflictos; los precios y tarifas aplicables, con la disposición oficial donde se fijen si la hay; el nivel mínimo de calidad exigible y qué pasa en la factura si no se cumple; los plazos de la conexión inicial; la duración de los descuentos promocionales y sobre qué precios se aplican; y los servicios de valor añadido o de mantenimiento con su coste y diciendo si son obligatorios o no. La ley remata exigiendo que las condiciones generales sean «equitativas y transparentes», en «lenguaje claro y comprensible», sin obstáculos no contractuales al ejercicio de tus derechos, y comunicadas antes de celebrar o confirmar el contrato, también cuando se firma a través de un intermediario. La fila que más sorprende es la cuarta. Mucha gente cambia, ve llegar una factura de la compañía anterior semanas después y cree que el cambio ha fallado. No ha fallado: la ley le da a esa compañía hasta 42 días para cerrar la cuenta. Lo que sí conviene es mirar que esa última factura cubra solo hasta la fecha del cambio y ni un día más.

Nadie tiene que llamarte para cambiarte de compañía, y desde 2026 hay una norma que lo dice. Si te llaman ofreciéndote una tarifa sin que lo hayas pedido, no tienes que dar ningún dato por teléfono: cuelga y compruébalo tú. Aquí no te pedimos contraseñas ni datos bancarios, y para revisar una factura no hace falta ninguna de las dos cosas.

Lo que sale caro

Tres errores al cambiar de compañía de luz

Los tres salen de creer que el cambio es más complicado de lo que es.

Dar de baja antes de contratar la nueva

Es el error caro. Si das de baja el suministro, el punto queda sin contrato y volver a darlo de alta sí cuesta dinero: hay derechos de extensión y de acceso que se pagan. El cambio no pasa por ahí, lo tramita la nueva compañía sola.

Volver a dar de alta cuesta

Comparar solo el precio del kWh

La factura tiene dos partes y la potencia se paga aunque no enciendas nada. Una tarifa con el kWh más barato y el término de potencia más caro puede salirte peor.

Mira las dos partes

Creer que se va la luz durante el cambio

No se toca ni un cable. El contador y la red son de la distribuidora de tu zona, que no cambia cuando cambias de comercializadora. Lo único que cambia es quién te factura.

No se toca la red
Factura revisadapor una personaMascota de TarifaÓptima presentando el análisis de una factura

Antes de cambiar, comprueba qué estás pagando

La mitad de las facturas que revisamos no necesitan otra compañía: necesitan otra potencia. Mándanos la tuya y te decimos qué te sobra.

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«Cambiar de compañía de luz es un trámite de la compañía nueva, no tuyo. La ley le da 21 días, dice que no puede costarte nada y no permite que se corte el suministro por el camino. Lo único que necesitas tener a mano es tu CUPS y tu consumo del año.»

Roger MartinAsesor energético · TarifaÓptima
Roger Martin, asesor energético de TarifaÓptima

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Cómo se ha hecho esta página

De dónde sale lo que cuenta esta página:

  • Normativa vigente y documentación pública de las distribuidoras. Nunca tablas de comparadores, que envejecen en semanas.
  • Los importes solo se publican con fuente primaria. Donde no la tenemos, lo decimos y explicamos de qué depende.
  • ¿Ves algo desactualizado? Escríbenos y lo corregimos.
Roger Martin Asesor energético en TarifaÓptima. Tramita altas, cambios de titular y bajas a diario. Actualizado el 20 de agosto de 2026

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Preguntas

Lo que suele preguntar la gente

¿Cuánto tarda cambiar de compañía de luz?

Veintiún días como máximo. Lo fija el artículo 44.3 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, cuando dice que los procedimientos de cambio de suministrador «se realizará en un plazo máximo de 21 días».

Me han cambiado sin querer. ¿Cuántos días tengo?

Catorce días naturales, y treinta si el contrato se firmó en una visita no solicitada a tu casa. Si no te informaron del derecho, doce meses más. Está en la ley de consumidores.

¿Cuesta dinero cambiar de compañía de luz?

No. El artículo 44.1.k) reconoce el derecho a «realizar el cambio de suministrador sin coste alguno y en los plazos legal y reglamentariamente establecidos». Si te cobran algo, no es por el cambio: es una penalización por permanencia que firmaste.

¿Hay que dar de baja con la compañía antigua?

No, y hacerlo es un error caro. El cambio lo tramita la compañía nueva con tu CUPS. Si das de baja el suministro, el punto se queda sin contrato y volver a darlo de alta sí tiene coste.

¿Se corta la luz al cambiar de compañía?

No. El contador y la red son de la distribuidora de tu zona, y esa no cambia cuando cambias de comercializadora. No viene nadie a casa y no se toca ninguna instalación.

Ya he cambiado y me sigue llegando factura de la anterior, ¿es normal?

Sí, hasta cierto punto. El artículo 44.1.ñ) le da a la compañía anterior un máximo de 42 días desde la fecha del cambio para liquidar la cuenta. Lo que conviene comprobar es que esa última factura cubra solo hasta el día del cambio.