Luz de obra: la potencia que pidas es la que tendrás
La luz de obra es un contrato eventual, y eso tiene una trampa que casi nadie cuenta: durante toda la obra no se puede cambiar la potencia. Se acierta al pedirla o se paga el error meses.
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El suministro de una obra es un contrato eventual: dura menos de doce meses y tiene que decirlo el propio contrato. Tres cosas lo separan de un alta normal. La potencia no se puede cambiar mientras dure. La distribuidora puede pedirte un depósito de hasta una mensualidad, calculada a seis horas diarias, y te lo devuelve al acabar. Y la instalación y su desmontaje los pagas tú. El cuadro de obra tiene sus propias reglas en el reglamento de baja tensión.
Lo que dice la ley de la luz de obra
Son cuatro normas, y una que muchas webs siguen citando está derogada desde febrero de 2026.
- Es un contrato eventualEl Real Decreto 88/2026 llama eventuales a los contratos «para menos de doce meses, para un fin concreto, transitorio y esporádico como los provisionales de obra», y exige que esa circunstancia se consigne en el contrato.
- Y la potencia no se tocaEl mismo real decreto lo dice sin matices: «No procederá el cambio de potencias contratadas en el caso de los contratos eventuales y de temporada». En una vivienda sí se puede, incluso por horas o días; en una obra, no.
- La norma vieja está derogadaEl artículo 6 del Real Decreto 1164/2001, que regulaba los contratos eventuales, lo derogó el Real Decreto 88/2026. Si una guía lo cita, está desfasada.
- La instalación la pagas túSon de cuenta del solicitante «las inversiones necesarias que sirvan exclusivamente para esta finalidad», y también «el desmontaje de las instalaciones provisionales».
- Y no vale para otra cosa«Ninguno de los suministros a que hace referencia el presente artículo podrá ser utilizado para fines distintos a los que fueron solicitados.» La luz de obra es para la obra, no para la vivienda terminada.
- Si la red se amplía, se descuentaLo que inviertas en la extensión de obra se descuenta después de los derechos del suministro definitivo si la red sirve para los dos. Cómo se reclama, en la luz en una finca rústica.
Cómo pedir la luz de obra, paso a paso
El orden importa por lo de siempre: la potencia que pidas el primer día es la que tendrás hasta el final.
Calcula la potencia de la maquinaria
Hormigonera, grúa, sierra y todo lo que pueda funcionar a la vez. Como luego no se puede cambiar, mejor quedarse algo por encima que por debajo. Cómo se suma, en la calculadora de potencia.
Encarga el cuadro de obra a un instalador
Con memoria técnica si la obra no pasa de 50 kW, y con proyecto si pasa. Al acabar te da el boletín que pide la distribuidora.
Pide el suministro a la distribuidora
Si hace falta un centro de transformación, tiene 10 días para darte las condiciones del servicio auxiliar de obras. Te puede pedir el depósito.
Contrata con una comercializadora
Como contrato eventual y dejando escrito que es de obra. Comprueba la potencia antes de firmar: es la única vez que la eliges.
Al terminar, alta definitiva y baja de la de obra
La vivienda necesita su propio contrato, con su boletín. Cómo se hace, en el alta de luz. Y reclama el depósito.

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Contarnos la obra↗o llama al 681 80 29 40Qué exige el reglamento a la instalación de la luz de obra
La ITC-BT-33 es la instrucción de las obras, y pide más que una instalación de vivienda.
| Qué | Qué exige | Dónde lo dice |
|---|---|---|
| Diferencial de cada toma | 30 mA como máximo | ITC-BT-33, 4.2 |
| Tensión límite en esquema TT | 24 V en alterna | ITC-BT-33, 4.2 |
| Cuadro y tomas a la intemperie | IP45 como mínimo | ITC-BT-33, 5.1 |
| Cable de alimentación | 450/750 V como mínimo | ITC-BT-33, 5.3 |
| Proyecto | Solo por encima de 50 kW | ITC-BT-04, 3.1 |
Real Decreto 842/2002, Reglamento electrotécnico para baja tensión, ITC-BT-33 (instalaciones provisionales y temporales de obras) e ITC-BT-04, texto consolidado en el BOE (BOE-A-2002-18099), consultado el 25 de septiembre de 2026. La ITC-BT-33 vale para obra nueva, reforma, ampliación y demolición.
Se decide la potencia de la maquinaria y el instalador monta el cuadro de obra.
ITC-BT-33 y ITC-BT-04Menos de doce meses y sin cambios de potencia. Solo para la obra.
RD 88/2026, arts. 2 y 35Lo desmontas tú, a tu cargo, y te devuelven el depósito al terminar la obra.
RD 1955/2000, art. 48La trampa de la potencia. En una vivienda, si te quedas corto, subes la potencia y listo. En una obra no: un contrato eventual no admite cambios de potencia. Si la grúa hace saltar el limitador en el segundo mes, la solución no es un trámite, es otro contrato.
Horas diarias con que se calcula el depósito, según el suministro
El depósito no puede pasar de una mensualidad de la potencia contratada, calculada con esas horas de uso diario. Real Decreto 1955/2000, artículo 48, apartados 2 y 3, texto consolidado en el BOE (BOE-A-2000-24019), consultado el 25 de septiembre de 2026. Con 10 kW, la base de una obra son 60 kWh por cada día del mes.
Tres errores con la luz de obra
Los tres salen de tratarla como un alta de luz normal.
Pedir la potencia justa
En un alta normal se corrige después. En un contrato eventual la ley no lo permite, así que quedarse corto obliga a rehacer el contrato.
No hay cambio de potenciaMudarse con la luz de obra
La norma prohíbe usar el suministro para fines distintos de los que se pidió. La vivienda terminada necesita su alta definitiva.
Solo para la obraOlvidarse del depósito
La ley dice que se devuelve «a la conclusión de la obra». Pídelo por escrito al dar la baja.
Se reclama al acabar
Antes de firmar el contrato de obra
Revisamos la potencia, que el contrato diga que es eventual y cuándo pedir el alta definitiva.
Escribirnos↗o llama al 681 80 29 40«En una obra la potencia se elige una vez. Todo lo demás de la luz de obra tiene arreglo; eso no.»
¿Prefieres que lo hagamos nosotros?
Nos ocupamos del trámite entero y te contamos cómo va. Gratis: cobramos de la comercializadora, no de ti.
Cómo se ha hecho esta página
Para que puedas juzgar si fiarte de esta página:
- Los plazos y requisitos salen de la normativa vigente y de lo que publica cada distribuidora, no de otros comparadores.
- No publicamos importes que no hayamos podido verificar en fuente primaria. Si ves una cifra aquí, lleva su fuente al lado.
- Si encuentras un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos.
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Lo que suele preguntar la gente
¿Qué tipo de contrato es la luz de obra?
Un contrato eventual: de menos de doce meses, para un fin concreto y transitorio. El propio contrato tiene que decir que lo es.
¿Puedo subir la potencia de la luz de obra?
No. El Real Decreto 88/2026 dice que no procede el cambio de potencias en los contratos eventuales y de temporada.
¿Cuánto es el depósito de la luz de obra?
Como mucho, una mensualidad calculada a seis horas diarias de la potencia contratada. Se devuelve al terminar la obra.
¿Quién paga la instalación y el desmontaje?
Tú, como solicitante: las inversiones que sirvan solo para la obra y el desmontaje de la instalación provisional.
¿Hace falta proyecto para la luz de obra?
Solo si la maquinaria pasa de 50 kW. Por debajo basta la memoria técnica del instalador.
¿Puedo vivir en la casa con la luz de obra?
No. Ese suministro no puede usarse para fines distintos de los que se pidió. La vivienda necesita su alta definitiva.
¿Cuánto tarda la distribuidora?
Si hace falta centro de transformación, tiene 10 días para darte las condiciones del servicio auxiliar de obras.