Tarifa indexada: antes de firmar, te deben una estimación
Una tarifa indexada cobra la luz al precio del mercado mayorista, más un margen. Desde 2026 la ley obliga a las grandes compañías a ofrecerla y a enseñarte cuánto habrías pagado el mes pasado antes de que firmes.
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La ley la llama contrato con precios dinámicos. Toda comercializadora con más de 200.000 clientes tiene que ofrecerla si tu contador se lee a distancia. Antes de firmar te debe dar una estimación de la factura mensual con tus datos del mes anterior y pedirte el consentimiento. En un hogar con peaje 2.0TD puedes irte cuando quieras sin penalización, porque no es un contrato a precio fijo. Y cada cambio de fórmula se avisa con un mes.
Qué obliga la ley a una compañía que vende tarifa indexada
Casi todo viene del Real Decreto 88/2026. Antes, la indexada era un producto más; ahora tiene reglas propias.
- Ofrecerla, si es grandeEl artículo 13 obliga a «ofertar contratos con precios dinámicos siempre que cuente con más de 200.000 consumidores finales». Una compañía pequeña puede no tenerla.
- Contarte también los riesgosLa compañía te informará «de las oportunidades, los costes y riesgos» de este tipo de contrato. Solo las ventajas no cumple.
- Darte una factura estimadaAntes de firmar, una estimación de la factura mensual con los datos del mes anterior al contrato. Sin datos tuyos, usa los perfiles de consumo oficiales de la Dirección General de Política Energética y Minas.
- Pedirte el consentimiento«En todo caso, el comercializador recabará el consentimiento del consumidor antes de celebrar un contrato con precios dinámicos.» Una indexada no se cuela en una renovación.
- Escribirte en el contrato que puedes irteSi tienes peaje 2.0TD y no es precio fijo, el contrato tiene que decir de forma explícita que puedes rescindirlo en cualquier momento sin cargo.
- Poner la fórmula por escritoLas cláusulas de revisión, que no se aplican a los contratos a precio fijo, deben recoger «los parámetros y fórmulas» de cuándo cambian las condiciones.
Cómo revisar una oferta de tarifa indexada antes de firmar
Cinco comprobaciones, en el orden en que te llega la oferta.
Mira si tu contador se lee a distancia
El derecho a la indexada exige un contador con capacidad de lectura remota. Quién lo lee y cómo, en quién lee tu contador.
Pide la estimación del mes anterior
Es obligatoria antes de firmar. Compárala con tu última factura: si no te la dan, la oferta no cumple el artículo 13.
Busca la fórmula en el contrato
Precio del mercado más qué margen, y qué cuota fija. Sin parámetros escritos no puedes comprobar ninguna factura.
Comprueba que no hay penalización
Con peaje 2.0TD no la puede haber. Si el contrato habla de una, léela con la guía de la permanencia.
Guarda cada aviso de revisión
Un cambio de condiciones se avisa con un mes, por escrito y aparte de la factura, con la comparativa de precios antes y después. Qué hacer entonces, en el fin de la oferta.

¿Te han ofrecido una tarifa indexada?
Mándanos la oferta y te decimos si trae la estimación, la fórmula y la cláusula de salida que exige la ley. Gratis.
Enviar la oferta↗o llama al 681 80 29 40Tarifa indexada frente a tarifa fija: qué cambia por ley
No es solo el precio. La norma trata distinto a cada contrato en permanencia, revisiones y avisos.
| Qué | Indexada | Precio fijo | PVPC |
|---|---|---|---|
| Penalización por irte | Ninguna | Hasta el 5 % antes de la primera prórroga | Ninguna |
| Cláusulas de revisión | Con parámetros y fórmulas | No se aplican | Fórmula del BOE |
| Estimación antes de firmar | Obligatoria | No específica | No aplica |
| Quién la vende | Obligatoria con más de 200.000 clientes | Cualquiera | Solo una comercializadora de referencia |
Real Decreto 88/2026 (BOE-A-2026-3212), artículos 13, 28 y 30; Ley 24/2013 del Sector Eléctrico (BOE-A-2013-13645), artículo 44.1.e); Real Decreto 216/2014 (BOE-A-2014-3376), artículo 6. Textos consolidados consultados en el BOE el 25 de septiembre de 2026.
Oportunidades, costes, riesgos y la factura estimada con tu mes anterior.
RD 88/2026, art. 13Tu consentimiento expreso y la fórmula de precio escrita en el contrato.
Ley 24/2013, art. 44.1.eCon peaje 2.0TD te vas cuando quieras, sin cargo por rescindir.
RD 88/2026, art. 28El PVPC también es indexado. La diferencia es quién fija la fórmula: en el PVPC la escribe el BOE y solo la vende una comercializadora de referencia; en una indexada del mercado libre la escribe la compañía, con su margen. Cómo funciona la del PVPC, en el PVPC.
De dónde sale el precio de la energía del PVPC en 2026
Coeficientes B = 0,55 y A = 0,45 del término de ajuste, Real Decreto 216/2014, artículo 9, texto consolidado en el BOE (BOE-A-2014-3376), consultado el 25 de septiembre de 2026. Una indexada del mercado libre no tiene por qué usar la cesta: su fórmula es la que diga el contrato.
Tres errores con la tarifa indexada
Los tres vienen de firmarla como si fuera una tarifa fija.
Firmar sin la estimación
La ley obliga a darla antes del contrato. Sin ella no sabes qué habrías pagado con tu consumo real del mes anterior.
Pídela por escritoCreer que tiene permanencia
Con peaje 2.0TD una indexada no puede penalizarte por irte. Una cláusula que diga lo contrario no se puede aplicar.
Salida sin cargoNo leer el margen
El mercado es igual para todas; lo que cambia es lo que suma cada compañía encima. Es lo que decide si la indexada te sale a cuenta.
Compara el margen
Antes de pasarte a una indexada
Comparamos la estimación que te den con tu consumo real y con una tarifa fija y el PVPC.
Escribirnos↗o llama al 681 80 29 40«Una tarifa indexada no se juzga por el precio de hoy. Se juzga por la estimación que te enseñan antes y por la fórmula que firmas.»
¿Te lo tramitamos nosotros?
Hacemos el papeleo completo y te avisamos en cada paso. No te cuesta nada: la comisión la paga la compañía.
Cómo se ha hecho esta página
Cómo se ha hecho esta página, por si quieres comprobarlo:
- Requisitos y plazos contrastados con la normativa y con lo que publica cada distribuidora en su propia web.
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Lo que suele preguntar la gente
¿Qué es una tarifa indexada de luz?
Un contrato en el que el precio de la energía sigue el del mercado mayorista, más un margen de la compañía. La ley lo llama contrato con precios dinámicos.
¿Qué compañías tienen que ofrecer tarifa indexada?
Todas las que tengan más de 200.000 consumidores finales, según el artículo 13 del Real Decreto 88/2026.
¿Qué me tienen que dar antes de firmar una tarifa indexada?
Información de oportunidades, costes y riesgos, una estimación de la factura mensual con los datos del mes anterior y la petición de tu consentimiento.
¿Una tarifa indexada tiene permanencia?
No si eres persona física con peaje 2.0TD. La penalización solo cabe en contratos a precio fijo antes de la primera prórroga anual.
¿Necesito un contador especial?
Un contador con capacidad de lectura remota. Es la condición del derecho a contratar precios dinámicos.
¿El PVPC es una tarifa indexada?
Sí, pero regulada: la fórmula la fija el BOE, con un 55 % de mercado a plazo y un 45 % de mercado diario en 2026, y solo la vende una comercializadora de referencia.
¿Me pueden cambiar la fórmula?
Solo con aviso de un mes, por escrito y aparte de la factura, con la comparativa de precios. Y puedes irte sin coste al recibirlo.
¿Y si no tengo datos de consumo del mes anterior?
Si eres cliente nuevo o no hay lecturas, la estimación se hace con los perfiles de consumo que aprueba por resolución la Dirección General de Política Energética y Minas. Pide que te digan cuál han usado.
¿Quién vigila las ofertas indexadas?
La CNMC tiene que elaborar cada año un informe que compare la evolución de los contratos con precios dinámicos, su repercusión en las facturas y la volatilidad de los precios, y remitirlo a la Dirección General de Política Energética y Minas.
¿Me conviene más una indexada que una fija?
Depende de cuánto consumas en las horas baratas y del margen que sume la compañía. Por eso la estimación con tu propio mes anterior es el dato que hay que mirar, no el precio de un día suelto.