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Bono social de la luz: en 2026 el descuento es mayor

El bono social descuenta un 42,5 % al consumidor vulnerable y un 57,5 % al severo durante 2026, por el Real Decreto-ley 7/2026.

Asesoramiento independiente. Servicio gratuito.
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  • Lo tramitamos nosotrosTú no llamas a nadie
  • GratisNos paga la comercializadora
Consumidor vulnerable42,5 %
Vulnerable severo57,5 %
Requisito de partidaEstar en PVPC
Validez2 años
La respuesta corta

El bono social es un descuento sobre el PVPC, la tarifa regulada. Para pedirlo hacen falta dos cosas de entrada: que el suministro sea tu residencia habitual y que esté acogido al PVPC. Si estás en mercado libre no puedes cobrarlo, y ese es el motivo más frecuente por el que se deniega. Lo tramita la comercializadora de referencia de tu zona, no la que te vende la luz. Los requisitos y los plazos salen de el Real Decreto 897/2017.

42,5 %
descuenta el bono social al consumidor vulnerable durante 2026Fuente: RDL 7/2026, art. 1
57,5 %
descuenta al consumidor vulnerable severo durante 2026Fuente: RDL 7/2026, art. 1
8.400
es el IPREM de 14 pagas vigente, la base con la que se miden los límites de rentaFuente: IPREM vigente · la regla, del RD 897/2017
0
paga de la factura el consumidor en riesgo de exclusión socialFuente: RD 897/2017
Lo que hace falta

Quién tiene derecho al bono social

Hay dos requisitos que no se negocian y cuatro puertas de entrada. Basta con cumplir una de las cuatro, no las cuatro.

Primero los dos requisitos, después la puerta de entrada
  • Que el suministro sea tu residencia habitualNo vale una segunda vivienda ni un local. El empadronamiento es lo que lo acredita
  • Que el contrato esté acogido al PVPCEl bono social se descuenta sobre la tarifa regulada. Desde el mercado libre no se puede cobrar, y hay que cambiarse antes de pedirlo
  • Puerta 1 · rentaRenta anual igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (8.400 €). El multiplicador sube 0,3 por cada adulto más de la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor
  • Puerta 2 · familia numerosaBasta con el título vigente de familia numerosa. Aquí no se mira la renta
  • Puerta 3 · pensionistasTodos los miembros con ingresos deben ser pensionistas por jubilación o incapacidad permanente cobrando la cuantía mínima, sin otros ingresos por encima de 500 € al año
  • Puerta 4 · ingreso mínimo vitalQue el titular o alguien de la unidad de convivencia lo perciba, según la Ley 19/2021
El coste lo asume la comercializadora que contrates al final, no tu bolsillo. Cero llamadas.
Paso a paso

Cómo se solicita el bono social

Se pide a la comercializadora de referencia, que no es la que te vende la luz. Cada grupo tiene la suya y es a esa a la que hay que dirigirse. Los papeles uno a uno, los ocho teléfonos y los plazos están en cómo pedir el bono social paso a paso.

Comprueba que estás en PVPC

Si tu contrato es de mercado libre, el primer paso es pasar a la tarifa regulada con la comercializadora de referencia de tu zona. Sin eso, la solicitud se deniega.

Reúne la documentación de toda la unidad de convivencia

El formulario lo firman todos los mayores de 14 años, y hacen falta los NIF de todos, el libro de familia y el certificado de empadronamiento en vigor.

Presenta el formulario a tu comercializadora de referencia

Se puede por su web, en un punto de atención presencial o por correo postal. El formulario es el mismo modelo oficial para todas.

Comprueba el descuento en la siguiente factura

El bono social aparece desglosado en factura, con su fecha de validez. Si no aparece, es el momento de reclamar, no seis meses después.

Factura revisadapor una personaMascota de TarifaÓptima presentando el análisis de una factura

¿Te corresponde el bono social?

Cuéntanos tu situación y te decimos si entras por alguna de las cuatro puertas, y por cuál. Si no entras, también te lo decimos.

Escríbenos por WhatsAppo llama al 681 80 29 40
Los descuentos

Cuánto descuenta el bono social en 2026 y a partir de 2027

Los porcentajes de 2026 son excepcionales. El Real Decreto-ley 7/2026 marca una senda de vuelta al régimen permanente del RD 897/2017.

Descuento del bono social por categoría en 2026 y desde 2027
CategoríaDurante 2026Desde el 1/1/2027
Consumidor vulnerable42,5 %35 %
Consumidor vulnerable severo57,5 %50 %
Consumidor en riesgo de exclusión socialNo paga la facturaNo paga la factura

Descuentos del artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE-A-2026-6544), aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Los valores permanentes son los del RD 897/2017 (BOE-A-2017-11505). Si has leído por ahí que son del 65 y del 80 %, esos los puso el Real Decreto-ley 18/2022 y caducaron el 31 de diciembre de 2023.

El consumidor en riesgo de exclusión social no paga la factura de la luz y no le pueden cortar el suministro por impago. Para llegar ahí hay que cumplir los requisitos de vulnerable severo y que los Servicios Sociales financien al menos el 50 % de la factura. Es la protección más fuerte que existe y la que menos gente conoce.

Si te dicen que no

Te lo han denegado: el plazo, la razón y a quién se reclama

Una denegación no cierra el asunto. El real decreto le pone deberes a la comercializadora, y casi nadie los conoce.

1 Diez días hábiles para contestarte

Es el plazo máximo que tiene la comercializadora de referencia desde que recibe la solicitud completa, con la documentación que haga falta.

2 Tienen que decirte por qué

Si la solicitud se deniega o se inadmite, la norma obliga a «indicar al solicitante la razón». Un «no cumple requisitos» a secas no es una razón.

3 Se reclama ante consumo, no ante la compañía

La reclamación va a los servicios de consumo de tu comunidad. Y si te dan la razón, la comercializadora deberá otorgar el bono social.

El paso 3 es el que cambia las cosas. No estás pidiendo un favor a quien te dijo que no: hay un tercero que puede obligarle. Está en el artículo 8.2 del Real Decreto 897/2017, y es el mismo artículo que fija los diez días.

Antes de mirar la renta, tres condiciones de entrada
  • Persona física.Una sociedad no entra, por pequeña que sea.
  • Vivienda habitual.No vale una segunda residencia ni un local.
  • Potencia contratada igual o inferior a 10 kW.Si tienes más, quedas fuera del real decreto entero, cumplas lo que cumplas de renta. Y es un número que se puede bajar.

Artículo 2.1 del Real Decreto 897/2017, texto consolidado, consultado el 26 de agosto de 2026.

El tope de 10 kW merece un aviso aparte, porque no solo decide el bono social: es el mismo umbral que marca cuándo te pueden cortar la luz y con qué plazos. Por encima de esa potencia, el capítulo de suspensión del suministro tampoco te ampara.

Lo que sale caro

Los tres motivos por los que se pierde el bono social

Ninguno tiene que ver con dejar de cumplir los requisitos. Los tres son de procedimiento.

Pedirlo desde el mercado libre

Es el más común. El bono social se descuenta sobre el PVPC, así que si tu contrato es de mercado libre la solicitud se deniega sin más. Primero se pasa a PVPC.

Solicitud denegada

Creer que hay que renovarlo cada dos años

En general no hace falta: dos meses antes de que caduque, la comercializadora comprueba sola si sigues cumpliendo y lo extiende otros dos años. El resultado sale en la factura siguiente. Solo en algunos casos te piden solicitud.

Se renueva solo, casi siempre

No revisar la fecha de validez que sale en la factura

La fecha está en todas las facturas. Con las familias numerosas es donde más se pierde, porque el bono caduca cuando caduca el título, no a los dos años.

Se cae sin avisar
Factura revisadapor una personaMascota de TarifaÓptima presentando el análisis de una factura

Si te lo han denegado, mira por qué

La mayoría de denegaciones son por estar en mercado libre o por un papel que falta, no porque no te corresponda. Lo miramos gratis.

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«El bono social no lo da la compañía que te vende la luz: lo tramita la comercializadora de referencia, que es otra empresa aunque sea del mismo grupo. Confundirlas es la razón por la que muchas solicitudes acaban en el buzón equivocado.»

Roger MartinAsesor energético · TarifaÓptima
Roger Martin, asesor energético de TarifaÓptima

¿Te lo tramitamos nosotros?

Hacemos el papeleo completo y te avisamos en cada paso. No te cuesta nada: la comisión la paga la compañía.

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Cómo se ha hecho esta página

Cómo se ha hecho esta página, por si quieres comprobarlo:

  • Requisitos y plazos contrastados con la normativa y con lo que publica cada distribuidora en su propia web.
  • Ningún importe sin fuente y fecha. Preferimos decir «depende de tu caso» antes que copiar una cifra que no hemos verificado.
  • Si algo ha cambiado y aquí sigue viejo, avísanos y lo actualizamos.
Roger Martin Asesor energético en TarifaÓptima. Tramita altas, cambios de titular y bajas a diario. Actualizado el 17 de agosto de 2026

El bono social con cada compañía

Quién tramita el bono social de verdad

Solo estas ocho pueden aplicarlo, y son las mismas que venden el PVPC. Si tu compañía es de mercado libre, el bono social te obliga a cambiarte a la que te toque por zona. Los descuentos y los topes de consumo se han movido varias veces: los del 65 y el 80 % que todavía circulan los puso el Real Decreto-ley 18/2022 y caducaron el 31 de diciembre de 2023.

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Preguntas

Lo que suele preguntar la gente

¿Cuánto descuenta el bono social en 2026?

Un 42,5 % al consumidor vulnerable y un 57,5 % al vulnerable severo. Son los valores excepcionales del artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2026. Desde el 1 de enero de 2027 vuelven al 35 % y al 50 %.

¿Quién paga el descuento del bono social?

Toda la cadena eléctrica: producción, transporte, distribución, comercialización y consumidores directos. No lo paga solo tu compañía. El reparto anterior, que sí era solo para las comercializadoras, lo puso el Real Decreto-ley 7/2016 y el Tribunal Supremo lo dejó sin aplicar en 2022.

¿Puedo tener bono social en el mercado libre?

No. El bono social se aplica sobre el PVPC, que es la tarifa regulada. Hay que estar acogido a ella, y eso significa contratar con la comercializadora de referencia de tu zona, no con la comercializadora libre del mismo grupo.

¿Cuánto dura el bono social?

Dos años, salvo en familias numerosas, donde termina cuando caduca el título. La fecha de validez aparece en todas las facturas.

¿Hay que renovarlo?

En general no. Dos meses antes de que caduque se comprueba de forma automática si sigues cumpliendo los requisitos y se extiende otros dos años. El resultado se comunica en la factura siguiente. En algunas situaciones sí piden una solicitud de renovación.

¿Qué es la unidad de convivencia?

El conjunto de personas empadronadas en la vivienda. Su renta conjunta es la que se compara con el límite, y por eso el formulario lo firman todos los mayores de 14 años.

¿Qué son las circunstancias especiales?

Discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, situación de violencia de género, condición de víctima de terrorismo o dependencia de grado II o III. Suben un punto el multiplicador de renta. Las familias monoparentales también cuentan y no necesitan documentación adicional.